Pequeños pasos para la protección de las aves ante la problemática generada por los tendidos en Extremadur
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT).
Fuente: DOE núm. 129, viernes, 5 de julio de 2019
Temas Clave: Tendidos eléctricos; Avifauna; Colisión; Electrocución; Alta tensión; Zonas de protección
Resumen:
Se ha procedido a la publicación de la presente Resolución por la importancia y gravedad que supone la electrocución de rapaces por tendidos eléctricos en España, llegando a una cifra cercana a las 33.000 aves anuales, según las principales entidades que han trabajado esta problemática como son WWF/España y SEO/BirdLife, entre otras.
Así, en septiembre de 2008, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto. En base a este Real Decreto se deben establecer medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. En concreto, el artículo 5 dispone que el órgano competente de cada Comunidad Autónoma determinara las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes a su entrada en vigor que, estando ubicadas en zonas de protección, no se ajustan a las prescripciones
Sentencia Núm. 79/2019, de 5 de junio de 2019, del Pleno del Tribunal Constitucional. Ponente: Juan José González Rivas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 162, de 8 de julio de 2019
Temas Clave: Caza; Daños, Competencias; Responsabilidad; Infraestructuras públicas
Resumen:
El recurso de inconstitucionalidad se interpone por el presidente del Gobierno contra el artículo primero, apartado cinco, de la Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal.
La demanda expone que la regulación impugnada tiene como objetivo establecer la obligación de que la administración titular de la infraestructura pública (autopistas, autovías, líneas férreas o infraestructuras hidráulicas, etc.) de cuya zona de seguridad provengan especies cinegéticas responda por los daños agrícolas, forestales o ganaderos que éstas causen. Dicha regulación contravendría tanto el régimen sustantivo del sistema de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas como el régimen de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en dicha materia.
El abogado del Estado, como se detalla en los antecedentes de esta sentencia, considera
Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso Madrid. Sección 1ª. Ponente: Felisa Atienza Rodríguez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 2410/2019 – ECLI: ES:AN:2019:2410
Temas Clave: Agricultura; Ganadería; Investigación; Competencias; Gasto público; Subvenciones
Resumen:
Se impugna en el presente recurso por la Abogada de la Generalitat de Cataluña, la Orden AAA/1229/2015, de 19 de junio, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se convocan para el año 2015, las subvenciones destinadas a agrupaciones de productores para la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en determinados sectores ganaderos.
La recurrente solicita que se declare la nulidad de la Orden y en defensa de su pretensión en base a lo siguiente: en primer lugar, solicita la nulidad de pleno derecho de la misma (art. 62.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ) por exceder de los límites materiales propios de la potestad reglamentaria, con infracción del principio de jerarquía normativa al vulnerar el marco de distribución competencial entre administraciones públicas ( artículo 51 de la Ley 30/1992 , en relación con los artículos
Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales del País Vasco
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOPV nº 129 martes 9 de julio de 2019
Temas Clave: Ordenación territorial; Urbanismo; Grandes establecimientos comerciales
Resumen:
Una de las principales incidencias ambientales pasa por el correcto desarrollo urbanístico de las ciudades. Esta Ley nace con el fin de regular los procesos de asentamiento de las diferentes actividades económicas y sociales y el equilibrio territorial en base al interés general.
A la consecución de dichos objetivos se orienta el Plan Territorial Sectorial de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y Equipamientos Comerciales del País Vasco, aprobado mediante Decreto 262/2004, de 21 de diciembre.
La justicia, ha impuesto limitaciones a este Plan, concretamente respecto de la superficie máxima para equipamientos comerciales mediante las sentencias del Tribunal Supremo de 3 de septiembre de 2015 ha obligado a la apertura de un período de reflexión con objeto de acomodar su contenido a estas últimas.
La inspiración de esta Ley se encuentra en la Directiva de Servicios 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre
Decreto 153/2019, de 3 de julio, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 7911, de 5 de julio de 2019
Temas Clave: Fertilizantes; Suelos; Nitratos; Contaminación; Aguas; Economía circular
Resumen:
Una de las principales causas de contaminación de las aguas es la llevada a cabo por los nitratos generados por la agricultura. La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, tiene por finalidad tomar medidas para la reducción de este tipo de contaminación. Dicha Directiva tiene como una de sus principales obligaciones identificar las zonas vulnerables y aplicar programas de actuación para reducir la contaminación de las aguas causada o provocada por nitratos de origen agrario.
El artículo 5 de la Directiva 91/676/CEE prevé, que en el plazo de un año a partir de cada designación complementaria de zonas vulnerables los Estados miembros deben establecer programas de actuación respecto de las zonas vulnerables designadas. El programa de actuación aprobado con el
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