Orden de 13 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de gestión de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 65, de fecha 3 de abril de 2024.
Palabras clave: Biodiversidad. Aves silvestres. Conservación. Gestión. Catálogo especies amenazadas. Especies migratorias.
Resumen:
La Directiva Aves 2009/147/CE, además de considerarla como especie migradora de presencia regular, incluye a la tórtola europea (Streptopelia turtur) en el Anexo II, relativo a las especies que podrán ser objeto de caza en el marco de la legislación nacional, debido a su nivel de población, a su distribución geográfica y a su índice de reproductividad en el conjunto del territorio de la Unión Europea, si bien los estados miembros deben velar porque la caza de estas especies no comprometa los esfuerzos de conservación realizados en su área de distribución.
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