Sentencia 123/2021, de 3 de junio de 2021, del Pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Juan José González Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado. Núm. 161, de fecha miércoles 7 de julio de 2021
Palabras clave: ONG. Estudio de detalle. Urbanismo. Evaluación de impacto ambiental. Evaluación ambiental estratégica.
Resumen:
El origen de esta causa viene dado en la interposición por parte de la Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla de un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla por el que se aprueba definitivamente el modificado del estudio de detalle de la parcela ZE N1 del SUNP-GU-1 «Palmas Altas» promovido por entender que dicho acuerdo no era conforme a Derecho. La actora invoca que esa actuación tendrá importantes repercusiones ambientales, no se ha sometido a evaluación ambiental estratégica.
Respecto a la parte demandada, el Ayuntamiento de Sevilla y la codemandada (Lar España Shopping Centres VIII, S.L.U.) argumentaron la no existencia de la causa de nulidad alegada, porque el art. 40.4 a) y
Decreto 111/2021 de 6 de agosto, del Consell, de declaración de Paraje Natural Municipal el enclave denominado «La Caballera» en el término municipal de Titaguas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9163 de 31 de agosto de 2021.
Palabras clave: Espacio Natural Protegido. Paraje Natural Municipal. Custodia del Territorio.
Resumen:
El Paraje denominado «La Caballera» se sitúa en el extremo sudoccidental del municipio de Titaguas. Este enclave, de la comarca de los Serranos, constituye un ámbito de gran valor ecológico y paisajístico.
El paraje se sitúa sobre los relieves de la zona sur-occidental del Sistema Ibérico. Allí confluyen las estribaciones de la Sierra de Javalambre, por la margen izquierda del río Turia y las de la Serranía de Cuenca por su margen derecha. El río constituye así el eje fundamental de este espacio natural. Se trata de una zona caracterizada por estructuras tectónicas tabulares, con materiales muy fracturados y poco plegados, procedentes del jurásico y del cretácico. Entre ellos, se abre
Cataluña aprueba el Plan de Gestión de la modalidad de la sonsera para el litoral
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Cataluña número 8463, de fecha de 22 de julio de 2021
Palabras clave: Pesca tradicional. Pesca artesanal. Sostenibilidad.
Resumen:
La modalidad de pesca artesanal con sonsera se reguló por primera vez en Catalunya en el año 1987 mediante la Orden de 15 de enero de 1987, por la que se reglamenta la pesca del lanzón Gymnammodytes cicerellus Rafinesque, 1810, en el litoral catalán.
El Reglamento (CE) 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo, y por el que se modifica el Reglamento (CEE) 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) 1626/94, establece la obligatoriedad que los estados miembros aprueben planes de gestión para las pesquerías realizadas con redes de arrastre, redes de tiro desde embarcación, jábegas, redes de cerco y dragas en sus aguas territoriales.
Decreto 321/2021, de 20 de julio, del Consejo Catalán de Cogestión Marítima
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8463, de fecha 22 de julio de 2021
Palabras clave: Pesca marítima. Pesca recreativa. Recursos pesqueros. Actividades marítimas.
Resumen:
El artículo 119 del Estatuto de autonomía de Cataluña (EAC) establece que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de pesca marítima y recreativa en aguas interiores así como la regulación y la gestión de los recursos pesqueros y la delimitación de espacios protegidos, la competencia exclusiva en materia de actividades marítimas, que incluye la regulación y la gestión del marisqueo y acuicultura y el establecimiento de las condiciones para practicarlos, y la regulación y la gestión de los recursos. Asimismo, el artículo 150 b) EAC reconoce la competencia de la Generalitat en materia de organización de su Administración en relación con el establecimiento de las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.
La Ley 2/2010, de 18 de
Decreto Ley 17/2021, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas extraordinarias de limitación a la densidad ganadera
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8462, de 21 de julio de 2021
Palabras clave: Ganadería. Densidad ganadera. Sostenibilidad. Contaminación aguas. Nitratos.
Resumen:
La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias, tiene por finalidad reducir la contaminación causada o provocada por los nitratos de origen agrario y actuar preventivamente contra nuevas contaminaciones de esa clase.
La Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, conocida como Directiva marco del agua, tiene como objetivo obtener la buena calidad de las masas de agua.
Una de las obligaciones que la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre, establece para
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