23 septiembre 2022

Actualidad

Actualidad al día. Comunidad Valenciana. Paraje Natural Municipal

El Consell declara Paraje Natural Municipal el enclave denominado Bec de l’Àguila, en el término municipal de Mutxamel

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9405, de fecha 16 de agosto de 2022

Palabras clave: Espacios naturales protegidos. Conservación. Biodiversidad. Custodia del territorio. Red Natura 2000.

Resumen:

Entre las numerosas figuras de conservación existentes en la Comunidad Valenciana, una de las más originales es la de Paraje Natural Muncipal, establecido en terrenos de titularidad municipal. En este caso, el Paraje denominado Bec de l’Àguila se sitúa al noroeste del término municipal de Mutxamel, en la zona más montañosa de este municipio de la provincia de Alicante. Siempre dentro del término municipal de Mutxamel, comprende los lugares conocidos como Bec de l’Àguila, Barranc dels Cocons i Tossal Redó, que a su vez forman parte de la zona ZEPA del Rio Monnegre.

El paraje, de gran valor paisajístico, se encuadra dentro de un contexto geológico regional localizado en la parte Sur-Este de las Cordilleras Béticas, en la zona externa de las mismas, conocida como «Zona Bética».

Las principales

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22 septiembre 2022

Jurisprudencia al día Tribunal Constitucional

Jurisprudencia al día. Tribunal Constitucional. Castilla y León. Lobo ibérico. Caza

Sentencia 92/2022, de 13 de julio de 2022, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Pedro José González-Trevijano Sánchez)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Boletín Oficial del Estado, de 15 de agosto de 2022, n. 195

Palabras clave: Actividad cinegética. Listado Especies en Régimen Protección Especial. Normativa básica. Competencias.

Resumen:

El presente recurso fue promovido por el presidente del Gobierno contra la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León, que establece a las poblaciones españolas de lobo situadas al norte del río Duero como especies cinegéticas susceptibles de caza. Se trata del art. 38, apartados 2 a) y 8; el anexo I.3, inciso «Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero»; el anexo II.4 f), y el anexo IV.2, inciso «Lobo (Canis lupus). 6000 euros ambos sexos», de la Ley 4/2021.

El fundamento del recurso es la posible infracción de la normativa básica sobre medio ambiente y, con ello, la invasión de la competencia del Estado para fijar las bases de dicha materia ex art. 149.1.23 CE. Básicamente, al permitir la

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21 septiembre 2022

Extremadura Legislación al día

Legislación al día. Extremadura. Cigüeña Negra

Orden de 29 de junio de 2022 por la que se aprueba el Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra (Ciconia nigra) en Extremadura

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 133, de 12 de julio de 2022

Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Plan de Recuperación. Peligro de extinción.

Resumen:

La población ibérica de cigüeña negra fue estimada entre 1995 y 2002 en 405-483 parejas (322-387 en España). Según SEO/BirdLife, en España en 2017 la población de cigüeña negra era de 351 parejas seguras y 24 probables, con un total de 375 territorios ocupados.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que incluye a la cigüeña negra (Ciconia nigra) en la categoría de especie “en peligro de extinción”, su catalogación como tal exige la redacción de un Plan de Recuperación, en el que se definirán las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción. Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.2 de la Ley 8/1998, de 26 de

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16 septiembre 2022

Actualidad

Actualidad al día. Extremadura. Agentes Medio Ambiente

Extremadura regula el Registro de Agentes del Medio Natural y los medios para su acreditación e identificación

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 138 de 19 de julio de 2022

Palabras clave: Agentes medioambientales. Registro. Acreditación.

Resumen:

Mediante el Decreto 268/2005, de 27 de diciembre, se llevó a cabo una reestructuración del cuerpo de Agentes Forestales y Agentes de Medio Ambiente, de la entonces Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, con la finalidad de integrarlos en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la especialidad Agentes del Medio Natural.

El siguiente paso fue regular el sistema de acreditación, condiciones y requisitos de su uso, a través de la Orden de 17 de julio de 2009.

Desde la aprobación de la orden indicada, ha pasado ya un tiempo considerable, por lo que se considera necesario proceder a una mejora en el sistema y medios de acreditación e identificación del personal integrado dentro del colectivo, así como de su uso, que permita no sólo su inequívoca identificación

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16 septiembre 2022

Actualidad

Actualidad al día. Galicia. Pesca

Galicia crea la Red de coordinación entre el sector pesquero y organismos científicos, mediante la Orden de 27 de junio de 2022

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Galicia, de 11 de julio de 2022, n. 131

Palabras clave: Pesca. Ciencia. Biodiversidad. Desarrollo sostenible.

Resumen:

El sector pesquero es de una gran importancia en la Comunidad de Galicia. El Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante, FEMP), establece en su artículo 6 las prioridades de la Unión Europea para contribuir a la estrategia Europa 2020 en conexión con los objetivos temáticos enumerados en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. En este sentido, el objetivo temático 6 consiste en «conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos».

Por otro lado, la prioridad 1 del artículo 6 del citado Reglamento (UE) nº 508/2014 hace mención a «fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista ambiental, eficiente en el uso de

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