Sentencia del Tribunal Supremo de dieciocho de Junio de dos mil quince (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 2726/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2726
Temas Clave: Desarrollo sostenible. Ciudad compacta. Justificación de las necesidades que justifican la transformación de suelo rural a urbanizable
Resumen: El Ayuntamiento de Ávila tramitó una modificación del Plan General para unir la ciudad con un complejo deportivo y de ocio (Naturávila) situado a tres kilómetros del casco urbano, modificación que se llevó a cabo precisamente cuando se estaba tramitando también la revisión del propio plan general sin que existieran razones objetivas para que esta modificación no pudiera llevarse a cabo dentro del propio proceso de revisión del planeamiento, dato que es destacado por los tribunales y que posiblemente ha tendido una gran importancia a la hora de anular esta modificación.
Los tribunales, tanto el Tribunal Superior de Justicia como ahora el Tribunal Supremo no entienden la necesidad de llevar a cabo esta modificación del Plan General que prevé la construcción de 3.396 nuevas viviendas, y una amplia zona comercial, cuando todavía no se han construido más de la mitad