Se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas
Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas. (BOE núm. 173, de 17 de julio)
Temas Clave: Biodiversidad; ZEPAS; Aguas marinas
Resumen:
El objeto de la presente orden es la declaración de los siguientes 39 espacios de las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción española como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA):
ES0000490 Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño.
ES0000492 Espacio marino de los Islotes de Portios-Isla Conejera-Isla de Mouro.
ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas.
ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares.
ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño.
ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte.
ES0000498 ZEPA Banco de Galicia.
ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia.
ES0000500 Golfo de Cádiz.
ES0000501 Espacio marino del Tinto y del Odiel.
ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz.
ES0000504 Bahía de Málaga-Cerro Gordo.
ES0000505 Espacio marino de