<\/p>\n

As\u00ed, la Administraci\u00f3n podr\u00e1 realizar ofertas p\u00fablicas de adquisici\u00f3n de derechos de uso con los objetivos de mejorar el estado ecol\u00f3gico de las masas de agua, constituir reservas para los fines previstos en la planificaci\u00f3n hidrol\u00f3gica y ceder recursos a las entidades supramunicipales o a otros usuarios por el precio que en cada caso se acuerde.<\/p>\n

Respecto al r\u00e9gimen econ\u00f3mico-financiero, el anteproyecto se adecua al mandato de la Directiva Marco de Aguas de la Uni\u00f3n Europea de diciembre de 2000 en el sentido de aplicar a partir de 2010 el denominado principio de recuperaci\u00f3n de costes. De acuerdo con ello, el precio del agua ser\u00e1 acorde con su uso efectivo y se facturar\u00e1 por consumo en lugar de por superficie. Las cantidades recaudadas tendr\u00e1n un car\u00e1cter finalista, es decir, se reinvertir\u00e1n por completo en proyectos de infraestructuras de abastecimiento y saneamiento y en la protecci\u00f3n y regeneraci\u00f3n de las masas de agua.<\/p>\n

El principio de recuperaci\u00f3n de costes se concretar\u00e1 en la figura del \u201ccanon de mejoras de infraestructuras de depuraci\u00f3n\u201d, que hasta ahora se aplicaba en el \u00e1mbito de la financiaci\u00f3n de inversiones locales y ahora se generaliza para la financiaci\u00f3n de las infraestructuras hidr\u00e1ulicas. Este canon estar\u00e1 compuesto por un tipo fijo para usos dom\u00e9sticos de 1 euro al mes por usuario y un tipo variable que oscilar\u00e1 entre los 0,10 y los 0,40 euros mensuales por metro c\u00fabico seg\u00fan el nivel de consumo. Para el nivel de consumo se tendr\u00e1 en cuenta el n\u00famero de miembros que convivan en el domicilio. Los usos no dom\u00e9sticos tendr\u00e1n un tipo del 0,25 euros\/ m3.<\/p>\n

En cuanto a la planificaci\u00f3n hidrol\u00f3gica, el texto ordena la prioridad de los distintos usos del agua teniendo en cuenta los criterios fundamentales de garantizar las necesidades b\u00e1sicas de consumo humano, el buen estado ecol\u00f3gico de los recursos y el mayor valor a\u00f1adido en t\u00e9rminos de empleo y riqueza. Se establece as\u00ed una escala de preferencia encabezada por los usos urbanos dom\u00e9sticos y seguida por los urbanos no dom\u00e9sticos en actividades econ\u00f3micas de bajo consumo, los no urbanos en actividades econ\u00f3micas, los urbanos en actividades econ\u00f3micas de alto consumo y, finalmente, el resto de los aprovechamientos.<\/p>\n

Aunque la futura ley mantendr\u00e1 la preeminencia competencial de las Diputaciones Provinciales y el resto de las entidades locales en la regulaci\u00f3n del ciclo del agua, tambi\u00e9n incluye directrices para fomentar la gesti\u00f3n compartida de los servicios p\u00fablicos de abastecimiento, saneamiento y depuraci\u00f3n a trav\u00e9s de organismos supramunicipales, principalmente los denominados Consorcios de Aguas. La Junta ya tiene firmados acuerdos de colaboraci\u00f3n con una veintena de corporaciones locales para mejorar la calidad en la prestaci\u00f3n del servicio de agua y la dotaci\u00f3n de nuevas infraestructuras del ciclo urbano del agua en cada \u00e1mbito territorial.<\/p>\n

Prevenci\u00f3n de Inundaciones y Sequ\u00edas.<\/strong><\/p>\n

Adem\u00e1s el texto, que incorpora la gesti\u00f3n homog\u00e9nea de las aguas subterr\u00e1neas y superficiales para garantizar la unidad de cuenca, dedica un cap\u00edtulo a la regulaci\u00f3n de las medidas para prevenir y hacer frente a inundaciones y sequ\u00edas. En el primer caso, se incluye la elaboraci\u00f3n de estudios de evaluaci\u00f3n de riesgos y mapas de peligrosidad con el fin de delimitar las zonas inundables de la comunidad y desarrollar los correspondientes planes de prevenci\u00f3n.<\/p>\n

En cuanto a la sequ\u00eda, los programas de medidas incluidos en los Planes Especiales de Sequ\u00eda dispondr\u00e1n de las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento a la poblaci\u00f3n y a las instalaciones que presten servicios de inter\u00e9s general. Asimismo, la Ley obliga a que los municipios o sistemas supramunicipales de m\u00e1s de 10.000 habitantes aprueben sus propios planes de emergencia ante situaciones de sequ\u00eda.<\/p>\n

Como \u00f3rgano de participaci\u00f3n, el anteproyecto incluye la creaci\u00f3n del Observatorio Andaluz del Agua, \u00f3rgano de car\u00e1cter consultivo y de participaci\u00f3n social, que entre otras funciones se encargar\u00e1 de fijar est\u00e1ndares de calidad sobre el servicio que se presta a los usuarios, lo que permitir\u00e1 fijar las tarifas por parte de los entes prestadores del servicio con criterios claros y transparentes.<\/p>\n

Por \u00faltimo, el texto establece tambi\u00e9n una serie de derechos de los usuarios. Entre ellos destacan los de exigir la prestaci\u00f3n del servicio con la garant\u00eda y la calidad adecuada a su uso y ser informados de los cortes del servicio con antelaci\u00f3n suficiente. Asimismo, se recogen los derechos a conocer los diferentes componentes de las tarifas de forma clara y comprensible y a la participaci\u00f3n activa en las decisiones de gesti\u00f3n y planificaci\u00f3n del uso del agua, directamente o a trav\u00e9s de los organismos y asociaciones reconocidos en la ley.<\/p>\n

Tras el inicio de su tramitaci\u00f3n en el Consejo de Gobierno, el anteproyecto de Ley ser\u00e1 presentado al Consejo Andaluz del Agua y al Consejo de Medio Ambiente y se realizar\u00e1 el tr\u00e1mite de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n

La principal cuenca gestionada por la Junta es la del Guadalquivir, que ocupa un territorio equivalente al 59,2% de la superficie de Andaluc\u00eda y donde reside el 55% de la poblaci\u00f3n (4,06 millones de habitantes). Sus embalses suman una capacidad total de 7.142 hect\u00f3metros c\u00fabicos, mientras que sus 62 acu\u00edferos ocupan m\u00e1s de 43.000 kil\u00f3metros cuadrados y los regad\u00edos 650.000 hect\u00e1reas.<\/p>\n

Por su parte, la Cuenca Mediterr\u00e1nea Andaluza tiene su \u00e1mbito en la franja de m\u00e1s de 18.000 kil\u00f3metros cuadrados que gestionaba a la antigua Confederaci\u00f3n Hidrogr\u00e1fica del Sur, entre el Campo de Gibraltar (C\u00e1diz) y la desembocadura del r\u00edo Almanzora (Almer\u00eda). Acoge una poblaci\u00f3n de algo m\u00e1s de 2,1 millones de habitantes y cuenta con 11 grandes embalses en explotaci\u00f3n y 160.000 hect\u00e1reas de regad\u00edos.<\/p>\n

Finalmente, la Cuenca Atl\u00e1ntica Andaluza gestiona las cuencas hidrogr\u00e1ficas del Guadalete y Barbate (C\u00e1diz) y del Tinto, Odiel, Piedras y Chanza (Huelva). Este territorio, que suma una superficie de 13.316 kil\u00f3metros cuadrados y una poblaci\u00f3n de 1,3 millones de habitantes, concentra 14 grandes pantanos y cerca de 80.000 hect\u00e1reas de regad\u00edo.<\/p>","post_title":"Actualidad. Anteproyecto de Ley de Aguas de Andaluc\u00eda.","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"actualidad-anteproyecto-de-ley-de-aguas-de-andalucia","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2019-04-08 12:19:01","post_modified_gmt":"2019-04-08 10:19:01","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1238","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

14 abril 2009

Actualidad

Actualidad. Anteproyecto de Ley de Aguas de Andalucía.

Fuente: Consejería de Medio Ambiente de Andalucía.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha acordado iniciar los trámites del anteproyecto de la Ley de Aguas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este texto incorporará los contenidos del Acuerdo Andaluz por el Agua suscrito el pasado 3 de febrero por la Junta y los agentes sociales, una vez culminado el traspaso de competencias sobre todas las cuencas hidrográficas de la región.

Como principales novedades, la futura norma incorpora la creación de Bancos Públicos de Agua, que permitirán adquirir el recurso en zonas excedentarias para emplearlo en otros usos, y el establecimiento de un sistema de tarifas por tramos para usos domésticos para incentivar el ahorro y penalizar el consumo abusivo.

Los Bancos de Agua permitirán asignar aguas para usos de interés general y hacer frente a situaciones de sequía. Este instrumento propiciará, por ejemplo, que los recursos provenientes del ahorro provocado por la modernización de regadíos puedan destinarse a otros usos.

Así, la Administración podrá realizar ofertas públicas de adquisición de derechos de uso con los objetivos de mejorar el estado ecológico de las masas de agua, constituir reservas para los fines previstos en la planificación hidrológica y ceder recursos a las entidades supramunicipales o a otros usuarios por el precio que en cada caso se acuerde.

Respecto al régimen económico-financiero, el anteproyecto se adecua al mandato de la Directiva Marco de Aguas de la Unión Europea de diciembre de 2000 en el sentido de aplicar a partir de 2010 el denominado principio de recuperación de costes. De acuerdo con ello, el precio del agua será acorde con su uso efectivo y se facturará por consumo en lugar de por superficie. Las cantidades recaudadas tendrán un carácter finalista, es decir, se reinvertirán por completo en proyectos de infraestructuras de abastecimiento y saneamiento y en la protección y regeneración de las masas de agua.

El principio de recuperación de costes se concretará en la figura del “canon de mejoras de infraestructuras de depuración”, que hasta ahora se aplicaba en el ámbito de la financiación de inversiones locales y ahora se generaliza para la financiación de las infraestructuras hidráulicas. Este canon estará compuesto por un tipo fijo para usos domésticos de 1 euro al mes por usuario y un tipo variable que oscilará entre los 0,10 y los 0,40 euros mensuales por metro cúbico según el nivel de consumo. Para el nivel de consumo se tendrá en cuenta el número de miembros que convivan en el domicilio. Los usos no domésticos tendrán un tipo del 0,25 euros/ m3.

En cuanto a la planificación hidrológica, el texto ordena la prioridad de los distintos usos del agua teniendo en cuenta los criterios fundamentales de garantizar las necesidades básicas de consumo humano, el buen estado ecológico de los recursos y el mayor valor añadido en términos de empleo y riqueza. Se establece así una escala de preferencia encabezada por los usos urbanos domésticos y seguida por los urbanos no domésticos en actividades económicas de bajo consumo, los no urbanos en actividades económicas, los urbanos en actividades económicas de alto consumo y, finalmente, el resto de los aprovechamientos.

Aunque la futura ley mantendrá la preeminencia competencial de las Diputaciones Provinciales y el resto de las entidades locales en la regulación del ciclo del agua, también incluye directrices para fomentar la gestión compartida de los servicios públicos de abastecimiento, saneamiento y depuración a través de organismos supramunicipales, principalmente los denominados Consorcios de Aguas. La Junta ya tiene firmados acuerdos de colaboración con una veintena de corporaciones locales para mejorar la calidad en la prestación del servicio de agua y la dotación de nuevas infraestructuras del ciclo urbano del agua en cada ámbito territorial.

Prevención de Inundaciones y Sequías.

Además el texto, que incorpora la gestión homogénea de las aguas subterráneas y superficiales para garantizar la unidad de cuenca, dedica un capítulo a la regulación de las medidas para prevenir y hacer frente a inundaciones y sequías. En el primer caso, se incluye la elaboración de estudios de evaluación de riesgos y mapas de peligrosidad con el fin de delimitar las zonas inundables de la comunidad y desarrollar los correspondientes planes de prevención.

En cuanto a la sequía, los programas de medidas incluidos en los Planes Especiales de Sequía dispondrán de las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento a la población y a las instalaciones que presten servicios de interés general. Asimismo, la Ley obliga a que los municipios o sistemas supramunicipales de más de 10.000 habitantes aprueben sus propios planes de emergencia ante situaciones de sequía.

Como órgano de participación, el anteproyecto incluye la creación del Observatorio Andaluz del Agua, órgano de carácter consultivo y de participación social, que entre otras funciones se encargará de fijar estándares de calidad sobre el servicio que se presta a los usuarios, lo que permitirá fijar las tarifas por parte de los entes prestadores del servicio con criterios claros y transparentes.

Por último, el texto establece también una serie de derechos de los usuarios. Entre ellos destacan los de exigir la prestación del servicio con la garantía y la calidad adecuada a su uso y ser informados de los cortes del servicio con antelación suficiente. Asimismo, se recogen los derechos a conocer los diferentes componentes de las tarifas de forma clara y comprensible y a la participación activa en las decisiones de gestión y planificación del uso del agua, directamente o a través de los organismos y asociaciones reconocidos en la ley.

Tras el inicio de su tramitación en el Consejo de Gobierno, el anteproyecto de Ley será presentado al Consejo Andaluz del Agua y al Consejo de Medio Ambiente y se realizará el trámite de audiencia e información pública.

La principal cuenca gestionada por la Junta es la del Guadalquivir, que ocupa un territorio equivalente al 59,2% de la superficie de Andalucía y donde reside el 55% de la población (4,06 millones de habitantes). Sus embalses suman una capacidad total de 7.142 hectómetros cúbicos, mientras que sus 62 acuíferos ocupan más de 43.000 kilómetros cuadrados y los regadíos 650.000 hectáreas.

Por su parte, la Cuenca Mediterránea Andaluza tiene su ámbito en la franja de más de 18.000 kilómetros cuadrados que gestionaba a la antigua Confederación Hidrográfica del Sur, entre el Campo de Gibraltar (Cádiz) y la desembocadura del río Almanzora (Almería). Acoge una población de algo más de 2,1 millones de habitantes y cuenta con 11 grandes embalses en explotación y 160.000 hectáreas de regadíos.

Finalmente, la Cuenca Atlántica Andaluza gestiona las cuencas hidrográficas del Guadalete y Barbate (Cádiz) y del Tinto, Odiel, Piedras y Chanza (Huelva). Este territorio, que suma una superficie de 13.316 kilómetros cuadrados y una población de 1,3 millones de habitantes, concentra 14 grandes pantanos y cerca de 80.000 hectáreas de regadío.