Se aprueba la designación de cinco ríos del Territorio Histórico de Álava como Zonas Especiales de Conservación
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV núm. 81, de 5 de mayo
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Fauna; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC)
Resumen:
A través del Decreto 35/2015, de 17 de marzo, se han designado como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes ríos del Territorio Histórico de Álava:
-Baia ibaia/Río Baia.
-Zadorra ibaia/Río Zadorra.
-Ihuda ibaia/Río Ihuda (Ayuda).
-Omecillo-Tumecillo ibaia/Río Omecillo-Tumecillo.
-Ebro ibaia/Río Ebro.
La finalidad de esta norma es la de garantizar en las ZEC el mantenimiento o restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies silvestres de la fauna y de la flora de interés comunitario (Directiva 92/43/CEE), y asegurar la supervivencia y reproducción en su área de distribución de las especies de aves incluidas en el anexo I de dicha Directiva y de las especies migratorias no contempladas en el anexo citado cuya llegada sea regular.
De este modo, se aprueban las medidas de conservación de las citadas ZEC en los anexos I a V, y las directrices y medidas de gestión para estos lugares en los anexos VI a X.