23 febrero 2018

Actualidad

Actualidad al día. Navarra. Zona de Especial Conservación (ZEC)

“Bardenas Reales”  se designa como Zona de Especial Conservación y se aprueba su plan de gestión

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto Foral 120/2017, de 27 de diciembre, por el que se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Bardenas Reales” como Zona Especial de Conservación, se aprueba el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación, de la ZEPA ES0000171 “El Plano-Blanca Alta”, de la ZEPA ES0000172 “Rincón del Bu-La Nasa-Tripazul” y del enclave Natural “Pinar de Santa Águeda” (EN-4), y se actualiza el Plan Rector de Uso y Gestión de las reservas naturales “Vedado de Eguaras” (RN-31), “Rincón del Bu” (RN-36) y “Caídas de la Negra” (RN-37). (BON núm. 20, de 29 de enero de 2018)

Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; ZEPA; ZEC; Gestión

Resumen:

El espacio denominado “Bardenas Reales” ocupa una superficie de 58.442,54 ha., de las que  41.516,95 están integradas en el Parque Natural “Bardenas Reales de Navarra”, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Bardenas Reales y cuya gestión se rige por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Foral 266/1998, de 7 de septiembre, y que se mantiene vigente, siendo compatible con lo previsto en este nuevo Plan de Gestión.

Como consecuencia de la existencia de dicho PORN, se deben establecer los mecanismos necesarios entre la Administración de la Comunidad Foral, la Comunidad de Bardenas Reales y las entidades locales titulares del resto de los territorios no incluidos en el Parque Natural, así como con el Ministerio de Defensa en lo que respecta al Polígono de Tiro Bardenas Reales; con la finalidad de impulsar la ejecución de las medidas contempladas en el nuevo Plan de Gestión y evaluar su grado de cumplimiento.

El Plan que aprueba este decreto foral se ajustará a lo que pudieran determinar otros planes de rango superior en materia de conservación de la diversidad biológica, que fijen las líneas generales de actuación en la Red de Espacios Naturales de Navarra.  Por el contrario, las determinaciones recogidas en él son de aplicación directa y se incorporarán al planeamiento urbanístico municipal de las Entidades Locales en las que resulten aplicables, cuando éste se redacte o se revise.

El objetivo del Plan es establecer las medidas activas y preventivas necesarias para mantener o restablecer, según el caso, el estado de conservación favorable de los hábitats naturales, especies, procesos ecológicos o elementos naturales y culturales. Las medidas que se adopten tienen como finalidad última la salvaguarda de la integridad ecológica del espacio y de su contribución a la coherencia de la Red Natura 2000 en Navarra.

Se deroga lo establecido en el Anexo II del Decreto Foral 230/1998, de 6 de julio, por el que se aprueban los Planes Rectores de Uso y Gestión de las Reservas Naturales de Navarra, en lo que respecta a “Vedado de Eguaras” (RN-31), “Rincón del Bu” (RN-36) y “Caídas de la Negra” (RN-37).

Documento adjunto: pdf_e