30 mayo 2024

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Murcia aprueba el Plan de Inspección de Explotaciones Ganaderas para el control de medidas previstas en la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor. Orden de 9 de abril de 2024

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente:  Boletín Oficial de la Región de Murcia número 91, de fecha 20 de abril de 2024.

Palabras clave: Contaminación. Explotación ganadera. Granjas avícolas. Registro electrónico explotaciones ganaderas.

Resumen:

El Mar Menor es uno de los espacios naturales más valiosos y amenazados en España. A pesar de contar con un amplio elenco de figuras de conservación (Parque Natural, Zona de Especial Conservación, etc.) la gestión de este espacio sigue siendo un problema más que notable. Concretamente la prevención en la contaminación juega un papel fundamental. Para ello, el Plan de Inspección se elabora con la finalidad de programar las inspecciones a las explotaciones ganaderas durante el trienio 2024-2026 para el control de las medidas previstas en la sección 1.ª del Capítulo VI, sobre “Ordenación y Gestión Ganadera y pesquera” de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor.

El objetivo del Plan se centrará, básicamente en los artículos 55, 56, 57 y 58 de la Ley 3/2020, mediante la identificación y evaluación de las medidas implementadas en las explotaciones ganaderas obligadas a realizar una impermeabilización de sus almacenamientos exteriores según las características establecidas en el artículo 56 o, en su caso, haber acreditado la impermeabilidad natural del subsuelo sobre el que se ubican, en cumplimiento de la disposición transitoria sexta de esta Ley.

Una de las exigencias se comprende en el artículo 55.3) de la Ley 3/2020 el cual prevé que las Mejores Técnicas Disponibles (MTDs) deben adoptarse para todas las explotaciones ganaderas porcinas ubicadas en las zonas señaladas en la Ley. Adicionalmente, para las explotaciones avícolas, el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, y, para el vacuno, el Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, también establecen un programa de reducción de emisiones a través de la implantación de MTDs en estas explotaciones a partir de determinado tamaño, que en el caso de la última de especie citada será aplicable a partir de 31/12/2025.

Por otro lado, el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, y el Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas también establecen un programa de reducción de emisiones a través de la implantación de MTDs en estas explotaciones a partir de determinado que superen un tamaño determinado y se obliga al titular de la explotación a comunicar a la autoridad competente de la comunidad autónoma las MTDs empleadas en el año anterior.

Otra de las funciones que realiza es la comprobación de la adecuada gestión de estiércoles y su trazabilidad, a través de la plataforma del Registro Electrónico de Explotaciones Ganaderas (REMODEGA), que se configura como herramienta para el control del movimiento de deyecciones y del abonado orgánico que se aplica a cada superficie cultivable, regulada por los artículos 57 y 58 de la misma Ley. Asimismo, se verificarán las denuncias que se formulen adecuadamente ante esta Dirección General y ofrezcan indicios racionales de la comisión de una infracción.

Entrada en vigor: El 21 de abril de 2024.

Enlace web: Orden de 9 de abril de 2024, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, de aprobación del Plan de Inspección de Explotaciones Ganaderas para el trienio 2024-2026, para el control de las medidas previstas en la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor.