13 diciembre 2019

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Desmantelamiento de las instalaciones del almacenamiento subterráneo “Castor” y su sellado definitivo

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Resolución de 6 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de octubre de 2019, por el que se pone término a la hibernación de las instalaciones del almacenamiento subterráneo “Castor” acordando su desmantelamiento y se ordena el sellado y abandono definitivo de los pozos. (BOE núm. 269, de 8 de noviembre de 2019)

Palabras clave: “Castor”; Gas; Sismicidad; Hibernación; Desmantelamiento

Resumen:

El Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes en relación con el sistema gasista y la titularidad de centrales nucleares, acordó la hibernación de las instalaciones del almacenamiento subterráneo «Castor» tras la ocurrencia de una serie de eventos sísmicos que motivaron la suspensión temporal de la operación del almacenamiento, decretada inicialmente por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 26 de septiembre de 2013 y prorrogada posteriormente por Resolución de fecha 18 de junio de 2014.

El objetivo fundamental de este proceso de hibernación fue garantizar la integridad y seguridad de las instalaciones, las personas y el medio ambiente a la espera de la decisión definitiva que determinase su futuro. Se debe recordar que como consecuencia de los eventos sísmicos que se registraron durante los meses de septiembre y octubre del año 2013 en el entorno del almacenamiento, Enagás planteó la realización de un estudio integrado de geología estructural, sismología y geomecánica, que desembocó en el informe denominado «Modelación Acoplada de Flujo y Geomecánica, y Evaluación de Sismicidad Inducida, en el Proyecto Castor de Almacenamiento de Gas. Informe Final», de 24 de abril de 2017. Las conclusiones de este estudio ponen de manifiesto la existencia de riesgo sísmico en el caso de reanudarse las operaciones de almacenamiento de gas en «Castor», aludiendo a la posibilidad de terremotos de magnitud significativamente mayor a aquellos que motivaron la decisión de hibernar las instalaciones.

Dado que resulta inviable integrar dichas instalaciones en una nueva concesión de almacenamiento, unido a que ni en el momento actual ni en las previsiones futuras existen razones que justifiquen la inclusión del almacenamiento subterráneo «Castor» dentro de la planificación de infraestructuras gasistas; se pone término a la hibernación de las instalaciones del almacenamiento subterráneo de gas denominado «Castor» y se acuerda el desmantelamiento del almacenamiento (artículo 1.2 del Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre).

Esta decisión “no sólo protege la seguridad de las personas, los bienes y el medio ambiente, sino que es fruto de que tal instalación es innecesaria en la actualidad así como en el futuro, dadas las previsiones de consumo futuro de gas en nuestro país”.

Enlace web: Resolución de 6 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de octubre de 2019, por el que se pone término a la hibernación de las instalaciones del almacenamiento subterráneo “Castor” acordando su desmantelamiento y se ordena el sellado y abandono definitivo de los pozos