Aprobación inicial de diversos Planes Hidrológicos en Andalucía y sus correspondientes planes de gestión de inundación 2016-2021
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA Núm. 213, de 3 de noviembre de 2015
Temas Clave: Planificación hidrológica; Riesgo de inundación
Resumen:
El logro de los objetivos perseguidos por la planificación hidrológica se proyecta como una labor continuada a lo largo del tiempo, lo que permite distinguir diferentes fases o ciclos dentro del proceso planificador.
El primer ciclo comprendió el periodo 2009-2015, al que se corresponden el Plan de la Demarcación Hidrográfica Tinto, Odiel y Piedras; el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica Guadalete y Barbate y el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica Cuencas Mediterráneas Andaluzas, aprobados en 2011 por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Superada esta fase, procede la aprobación de los planes del segundo ciclo para el periodo 2015-2021 conforme al procedimiento establecido en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Su contenido se estructura conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Planificación Hidrológica del siguiente modo: Memoria y Anejos, Normativa y Anejos y Memoria Ambiental. En relación con el Programa de Medidas que forma parte de la Memoria, cuyo contenido es de carácter obligatorio y vinculante, el Comité de Autoridades competentes impulsará que por parte de las Administraciones Públicas competentes se prioricen aquellas actuaciones que repercutan sobre las masas de agua que tengan un estado o potencial peor que “bueno”, para conseguir los objetivos medioambientales propuestos.
La planificación del riesgo de inundación tiene como objetivos obtener un adecuado conocimiento y evaluación de estos riesgos, y lograr una actuación coordinada de todas las Administraciones Públicas y la sociedad para reducir las consecuencias negativas sobre la salud y la seguridad de las personas y de los bienes, así como sobre el medio ambiente, el patrimonio cultural, la actividad económica y las infraestructuras, asociadas a las inundaciones del territorio al que afecten.