Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 5 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Juan Francisco López de Hontanar Sánchez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ M 835/2018 – ECLI:ES:TSJM:2018:835
Temas Clave: Actividades clasificadas; Autorizaciones y licencias; Ayuntamientos; Contaminación acústica; Licencia ambiental; Procedimiento administrativo
Resumen:
El ayuntamiento de Arganda del Rey (Madrid), mediante resolución de 22 de abril de 2015 impone sanción pecuniaria de 3.500 euros y precinto de la actividad a una central telefónica ubicada en el municipio, por causa de los emisores acústicos que sobrepasaban la normativa vigente. Contra tal resolución se alza la empresa de telecomunicaciones afectada mediante recurso de reposición que es resuelto en sentido desestimatorio el 30 de noviembre de 2015.
Vuelve a insistir la empresa afectada, interponiendo recurso contencioso-administrativo, que también resulta desestimado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 23 de Madrid en su sentencia de 15 de febrero de 2017. Contra esta sentencia de instancia se interpone igualmente recurso de apelación, dando inicio al procedimiento que finaliza con la sentencia objeto de análisis.
Pues bien, todos los recursos indicados pivotan, no en la sanción pecuniaria (que la
Se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOGC núm. 7599, de 16 de abril de 2018
Temas Clave: Reciclaje; Residuos; Valorización
Resumen:
A través del Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, se ha aprobado el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña, todo ello en el marco de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, la cual establece la obligación de las Comunidades Autónomas de elaborar este tipo de planes de acuerdo con el Plan estatal Marco de Gestión de residuos (PEMAR) 2016-2022 y el Programa estatal de prevención de residuos 2014-2020.
Este Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos se configura, en fin, como el instrumento programático de la Generalitat de Cataluña para hacer frente a los retos estratégicos y objetivos en materia de prevención y gestión de residuos hasta el año 2020 y, de conformidad con el artículo 2 del Real Decreto, tiene por objeto definir el modelo de prevención y gestión de residuos y recursos de Cataluña, establecer los objetivos y programar las actuaciones y los
Se aprueba el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestión de Residuos Municipales de Cataluña
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOGC núm. 7599, de 16 de abril de 2018
Temas Clave: Ayuntamientos; Planeamiento territorial; Reciclaje; Residuos; Valorización
Resumen:
A través del Real Decreto 209/2018, de 6 de abril, se ha aprobado el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestión de Residuos Municipales de Cataluña (PINFRECAT20), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos de Cataluña.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Anexo de normativa recogido en el Real Decreto, el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestión de Residuos Municipales de Cataluña tiene por objeto:
(i) La adaptación de las nuevas bases del modelo de gestión de residuos municipales establecidos en el Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña.
(ii) La determinación de los criterios de implantación de las instalaciones de gestión de residuos en el escenario temporal previsto.
(iii) La agrupación territorial mediante la determinación de las instalaciones que tienen que dar servicio a las diferentes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ M 1059/2018 – ECLI:ES:TSJM:2018:1059
Temas Clave: Aguas; Comunidades Autónomas; Planificación hidrológica; Tajo-Segura; Trasvases
Resumen:
Mediante Acuerdo de 3 de junio de 2016 de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura (dependiente, con la antigua denominación, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) se autorizó en el marco del “Trasvase Tajo-Segura” para el mes de junio de 2016, el trasvase del volumen correspondiente en situación de nivel 2, de 38 hectómetros cúbicos/mes. Según parece, tal cantidad superaría la habitual trasvasada de 20 hectómetros cúbicos/mes.
En cualquier caso, tal Acuerdo se enmarcaría en el conocido como “Trasvase Tajo-Segura” regulado actualmente en la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio y el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, y que muy resumidamente se determina en función de las existencias conjuntas en los embalses de Entrepeñas y Buendía a comienzos de cada mes, estableciendo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 11 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Borrego López)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 3028/2017 – ECLI:ES:TSJCLM:2017:3028
Temas Clave: Almacén Temporal Centralizado (ATC); Planeamiento urbanístico; Residuos radioactivos; Villar de Cañas; Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
En junio de 2015 se aprobó por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cuenca, el Plan de Ordenación Municipal de Villar de Cañas. Sin embargo, mediante Resolución de 6 de noviembre de 2015, de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se decidió estimar el requerimiento previo formulado por el Alcalde-Presidente de Alconchel de la Estrella, declarando nulo de pleno derecho el acto de aprobación de dicho Plan de Ordenación Municipal. Los motivos que se adujeron para esta anulación del Plan por la misma administración que lo aprobó tan solo unos meses antes, se encontraban en la ausencia de informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre la suficiencia de recursos hídricos para las demandas que el Plan contemplaría,
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