Ley 1/2017, de 28 de marzo, por la que se amplían los límites del Parque Natural Lago de Sanabria y alrededores (Zamora), se modifica su denominación por la de Parque Natural Lago de Sanabria y Sierras Segundera y de Porto (Zamora), y se establece su régimen de protección, uso y gestión
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 66, de 5 de abril de 2017
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Delimitación; Gestión
Resumen:
El Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto se sitúa en el extremo noroccidental de la provincia de Zamora, limitando con las provincias de Orense y León. De especial interés resulta el conjunto de lagunas y turberas que componen uno de los conjuntos de humedales de origen glaciar más importantes y variados de la península Ibérica. Entre estos destaca el lago de Sanabria, el mayor lago de origen glaciar de la península ibérica, con una superficie de 318,7 ha y una profundidad máxima de 51 m.
Por Decreto 62/2013, de 26 de septiembre se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de abril de 2017, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte. (BOE núm. 84, de 8 de abril de 2017)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2017/04/08/pdfs/BOE-A-2017-3903.pdf
Plazo: el establecido en la convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Resolución de 5 de abril de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 15 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 316/2017 – ECLI: ES:TSJCL:2017:316
Temas Clave: Minas; Evaluación de impacto ambiental; Magnesita; Consulta previa; Comunidad Autónoma de Aragón; Información pública; Afecciones ambientales; Biodiversidad; Espacios naturales protegidos; Estudio de impacto ambiental; Declaración de impacto ambiental; Estudio de alternativas; Modificación de la DIA; Caducidad del permiso de investigación; Concurso público; Terrenos francos; Plan de Restauración; Cuadrículas mineras
Resumen:
A través del presente recurso contencioso-administrativo, la Comunidad Autónoma de Aragón impugna la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León de 17 de septiembre de 2.013 por la que se desestima el requerimiento previo formulado por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón contra la Resolución de 4 de junio de 2.013 de la citada Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 27 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 275/2017 – ECLI: ES:TSJCL:2017:275
Temas Clave: Ordenación del territorio; Clasificación de suelos; Urbanismo; Plan de Ordenación de Recursos Naturales; Balneario; Parque Natural de Hoces del Alto Ebro y Rudrón; Biodiversidad
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Congregación de la Misión de Padres Paúles Provincia Canónica de Madrid frente al Acuerdo de la Comisión
Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de 21 de mayo de 2015 por la que se resuelve aprobar definitivamente el Texto Refundido de las Normas Urbanísticas Municipales del Ayuntamiento de Valle de Sedano, en todo lo que afecta a la clasificación y calificación urbanística de las parcelas que conforman el balneario de Valdelateja dentro de dicho término municipal, propiedad de la entidad recurrente.
En esencia, la recurrente pretende que se clasifiquen como suelos urbanos las fincas catastrales que ocupa
Ley 1/2017, de 9 de marzo, por la que se establecen medidas adicionales de protección de la salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM núm. 58, de 23 de marzo de 2017
Temas Clave: Fracturación hidráulica; Salud; Medio ambiente; Planificación; Evaluación ambiental; Riesgos; Responsabilidad
Resumen:
La Recomendación de la Comisión Europea de 22 de enero de 2014, relativa a unos principios mínimos para la exploración y producción de hidrocarburos (como el gas de esquisto) utilizando la fractura hidráulica de alto volumen, faculta a los Estados miembros a establecer una previa planificación estratégica, acompañada de su correspondiente evaluación ambiental, que dé lugar a una determinación de las zonas que deban ser evitadas y las que puedan ser explotadas una vez descartados los riesgos asociados al emplazamiento, a la superficie circundante y al propio subsuelo y para la salud de las personas.
Dentro de este marco, y considerando que la regulación estatal resulta insuficiente, Castilla-La Mancha ha aprobado una norma autonómica adicional, que respetando el
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