Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de Prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y Eficiencia Energéticos Derivados de Instalaciones de Iluminación (BOCYL, núm. 243, de 20 de diciembre)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora en formación del CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Ley tiene por objeto regular el funcionamiento de las instalaciones, dispositivos luminotécnicos y equipos auxiliares de iluminación/alumbrado exterior de titularidad pública o privada, así como de iluminación/alumbrado interior de titularidad pública o privada cuando incida de manera notoria y ostensible en ámbitos exteriores, con la finalidad de prevenir y en su caso, corregir, la contaminación lumínica en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, así como de fomentar el ahorro y la eficiencia energéticos de los sistemas de iluminación.
Están sujetos a las prescripciones de este Ley la totalidad de los promotores, titulares u operadores de instalaciones, aparatos o fuentes de iluminación, del territorio de la comunidad castellanoleonesa. En cualquier caso, quedan excluidos de su ámbito de aplicación (salvo en lo referido a ahorro y eficiencia energética): las instalaciones de señalización
Ley 12/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (Diario Oficial de Extremadura núm. 249, de 29 de diciembre de 2010)
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Investigadora en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: tasas; Deducciones por donaciones con finalidad ecológica; transportes e Hidrocarburos; energía y energías renovables; evaluación de impacto ambiental; autorizaciones ambientales; gestión de residuos; producción de residuos peligrosos; eervicios forestales; conservación de suelos; emisiones de gases de efecto invernadero.
Resumen:
Una Ley a través de la cual se ejercita la facultad autonómica para el establecimiento y modificación de tributos, como una de las vías para continuar coadyuvando a la preservación del medio ambiente. Y serán aquellas medidas adoptadas que tengan relación con el medio ambiente, las únicas que se pretende resaltar en este momento.
Dicho interés en pro del medio ambiente se explicita en aquellos preceptos, dentro del Capítulo I de la ley, en los que se prevé la creación de una deducción en la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta
ORDEN AYG/1535/2010, de 18 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente de la Fauna Silvestre de Castilla y León (BOCYL núm. 221, de 16 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Orden se promulga con la finalidad de establecer un Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente en la comunidad de Castilla y León, que permita, por una parte, obtener información sobre la situación sanitaria de la fauna silvestre, y en su caso, el control y las tendencias de las enfermedades que se produzcan; y por otra, el establecimiento de las condiciones necesarias para los movimientos de los animales. Todo ello con el fin de minimizar la posibilidad de diseminación de enfermedades que pongan en riesgo el libre comercio de la ganadería de la comunidad, que puedan vehicular determinadas zoonosis, y que en definitiva alteren el medio natural afectando así, a toda la pirámide ecológica, provocando daños irreparables en la fauna silvestre.
Este Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente
Ley 12/2010, de 16 de noviembre, de Impulso al Nacimiento y Consolidación de Empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 223, de 19 de noviembre)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Con la finalidad de propiciar el progreso económico y social de Extremadura, resulta ser pieza clave la iniciativa empresarial, como manifestación del derecho de establecimiento y libre prestación de servicios, que a través de esta norma los poderes públicos protegen y potencian incorporando entre otros los principios de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
Esta Ley tiene por objeto crear un entorno favorable para facilitar la creación y consolidación de empresas en la Comunidad a través de una serie de normas y medidas tendentes a la simplificación de los procedimientos, que resultarán aplicables a todas las personas físicas o jurídicas empresariales.
Decreto 188/2010, de 23 de noviembre, de aprobación del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (DOGC núm. 5764, de 26 de noviembre de 2010)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen: este Decreto aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, dando cumplimiento así a las previsiones de la Directiva marco de aguas y convirtiéndose Cataluña en la primera comunidad autónoma en aprobar un plan hidrológico adaptado a las nuevas exigencias comunitarias.
Este Plan, articulado con arreglo a los principios de la Directiva marco de aguas, es el nuevo instrumento de planificación hidrológica para el período 2010-2015 en el ámbito territorial de competencia de la Generalitat de Cataluña. Este Plan establece las acciones y las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la planificación hidrológica del distrito de cuenca fluvial de Cataluña y concreta para las diversas masas de agua los objetivos ambientales definidos por el artículo 92 bis del Texto
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