Enmiendas de 2009 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (Adición de un nuevo capítulo 8 del Anexo I del Convenio MARPOL e introducción de las enmiendas consiguientes en el modelo B del Suplemento del Certificado IOPP), (publicado en los “Boletines Oficiales del Estado” nºs. 249 y 250 de 17 y 18 de octubre de 1984, respectivamente) aprobadas el 17 de julio de 2009 mediante Resolución MEPC.186(59).
Resumen:
A través de estas enmiendas se modifica el Anexo I del Convenio MARPOL 73/78 consistentes en la adición de un nuevo capítulo 8 sobre “Prevención de la contaminación durante el trasbordo de cargas de hidrocarburos entre petroleros en el mar”, e introducen las enmiendas consiguientes en el modelo B del Suplemento del Certificado IOPP.
Entrada en vigor: 1 de enero de 2011
Decreto 7/2011, de 20 de enero, que modifica el Decreto 32/2006, de 27 de marzo, por el que se regula la instalación y explotación de los parques eólicos en el ámbito de la Comunidad de Canarias (Boletín Oficial de Canarias núm. 27, de 7 de febrero de 2011)
Autora de la Nota: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
Por medio del presente Decreto la Comunidad Autónoma Canaria modifica dos artículos del Decreto 32/2006 relativo a la instalación y explotación de los parques eólicos en su ámbito geográfico. Dicho Decreto 32/2006 tiene por objeto el fomento de la energía eólica, pero sin que ello suponga comprometer la calidad del suministro canario. Es por eso, que a través del Decreto que aquí se expone se procederá a modificar, justamente, lo referido a los sistemas de almacenamiento, con el objeto de hacer de esta energía una energía menos fluctuante y sensible a los avatares de las condiciones atmosféricas.
Advierte el prólogo del Decreto 7/2011 que la experiencia acumulada a lo largo de estos cinco años ha conseguido diseñar una
Decisión de la Comisión, de 22 de noviembre de 2010, por la que se establece el Comité de etiquetado ecológico de la Unión Europea. Diario Oficial n° L 308 de 24/11/2010 p. 0053 – 0053
Autora: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili
Objetivo:
El Comité de etiquetado ecológico de la Unión Europea (CEEUE) tendrá como principal función establecer los criterios de la etiqueta ecológica de la UE. Para que el sistema de etiqueta ecológica sea aceptado por el público, es esencial que organizaciones como las ONG medioambientales y las organizaciones de consumidores sean miembros del CEEUE como partes interesadas junto con los organismos competentes de los Estados miembros. Con este fin, el CEEUE estará compuesto por representantes de los organismos competentes de cada Estado miembro, representantes de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y representantes
Decisión 2010/778/UE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2010 , que modifica la Decisión 2006/944/CE por la que se determinan los respectivos niveles de emisión asignados a la Comunidad y a cada uno de sus Estados miembros con arreglo al Protocolo de Kioto de conformidad con la Decisión 2002/358/CE del Consejo [notificada con el número C(2010) 9009]. Diario Oficial n° L 332 de 16/12/2010 p. 0041 – 0042
Autora: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili
Objetivo:
El objetivo de la Decisión es modificar el artículo 2 y el anexo de la Decisión. El motivo de la modificación es que los niveles de emisión previstos en la Decisión 2006/944/CE se basaron en datos provisionales, ya que las cifras definitivas sobre las emisiones del año de referencia no se establecieron antes del 31 de diciembre de 2006 y
una vez realizados los exámenes previstos en el artículo 8 del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, procede establecer, con arreglo a la metodología
Decreto 6/2011, de 28 de enero, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2007-2013 en Extremadura. (DOE num. 24 de 4 de febrero de 2011)
Autora de la Nota: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
En el Prólogo del Decreto 6/2011 se aprecia el espíritu de estas ayudas. Se trata de proteger bajo el paraguas de “estado social” un sector, como el de la agricultura, que tiene un gran peso en el panorama económico de la Comunidad de Extremadura y por ende, en el territorio nacional.
Leader es el nombre con el que se conoce a las sucesivas iniciativas comunitarias de desarrollo rural que está promoviendo la Unión Europea. La primera iniciativa tuvo lugar en 1991, y el éxito de su metodología se debió, precisamente, a tener un enfoque muy localizado en torno a una comarca. Será en cada una de las comarcas denominadas como “comarcas leader” donde se
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