Real Decreto 747/2008, de 9 de Mayo por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores (BOE núm 129, de 28 de mayo de 2008)
Objeto: Se aprueba a través de este Real Decreto el Reglamento del procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores, en desarrollo de lo dispuesto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de Marzo de Pesca Marítima del Estado.
Será de aplicación el presente reglamento a las conductas o hechos que, con fundamento en el derecho nacional, comunitario o internacional, sean constitutivas de infracciones de pesca en los términos establecidos en el artículo 12 y: a) Que se cometan dentro del territorio español o en aguas exteriores bajo jurisdicción o soberanía españolas; b) Que se cometan fuera del territorio o aguas jurisdiccionales españolas por personas físicas o jurídicas de nacionalidad española, a bordo de buques de pabellón nacional o sirviéndose de los mismos; c) Que se cometan fuera del territorio o aguas jurisdiccionales españolas por personas físicas o jurídicas de nacionalidad española, a bordo de buques apátridas o sin nacionalidad