Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 132, de 7 de julio de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Uno de los objetivos prioritarios de la política energética del Gobierno de Aragón es el desarrollo de la energía eólica. Así, en el vigente Plan Energético de Aragón 2005-2012, se establece la meta de alcanzar los 4.000 MW de potencia instalada de energía eólica en el horizonte del año 2012. Para ello, considera necesario aumentar la capacidad global de evacuación de energía eléctrica a través de la ejecución de infraestructuras necesarias y el desarrollo tecnológico de los aerogeneradores al tiempo de renovar y actualizar la normativa sectorial para adaptarla a la coyuntura energética estatal y comunitaria.
Este Decreto tiene el objetivo de regular los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía
Decreto 107/2010, de 01/07/2010, por el que se modifica el Reglamento de Suelo Rústico, aprobado por Decreto 242/2004, de 27 de julio (DOCM núm. 128, de 6 de julio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Tanto la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, como el Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado mediante el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, han introducido, un reconocimiento a nivel normativo de notable calado en relación al suelo rústico, que ha servido para otorgar a esta clase de suelo la transcendencia que se merece, tanto desde el punto de vista medioambiental, como desde el punto de vista de la ordenación territorial y urbanística, considerándolo un recurso natural, escaso y no renovable.
En Castilla la Mancha, el nuevo Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo se hizo eco del nuevo papel protagonista del suelo rústico, y por tanto, esa nueva
Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Antonio Martí García).
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ STS 3009/2010.
Temas Clave: Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión. Limitación de emisiones electromagnéticas. Competencia municipal para establecer medidas adicionales de protección a las establecidas por el Real Decreto 1066/2001. Limitaciones a la instalación de antenas. Utilización de conceptos jurídicos indeterminados.
Resumen:
El objeto del recurso se centra en el análisis de la conformidad o no a derecho de determinados preceptos de la Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión del Ayuntamiento de Sedaría (Valencia). Se debe aclarar que la Sala de lo Contencioso del TSJ de la Comunidad Valenciana declaró nulos los artículos 5, 7, 8, 9 y el Anexo 6 de dicha Ordenanza por exigir y establecer un procedimiento para la obtención de licencia de actividad en materia de telefonía móvil así como su art. 14 referente a la exigencia de responsabilidad civil; confirmados en segunda instancia por no ser objeto de
Decreto 106/2010, de 25 de junio, del Consell, sobre laboratorios de salud pública en el ámbito de la seguridad alimentaria y ambiental. (Diario oficial de la Comunidad Valenciana, nº 6299, de 29 de junio de 2010)
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.
Resumen:
Se trata de un Decreto destinado a todos los laboratorios, ubicados en la Comunidad valenciana, que realizan sus actividades analíticas en el ámbito de la seguridad alimentaria y ambiental. Unos laboratorios para que se fijan las condiciones mínimas de funcionamiento para las actividades que realizan con el fin de garantizar la calidad de los ensayos que realizan.
Además los laboratorios incluidos en el ámbito de aplicación de este decreto quedan sujetos a las obligaciones administrativas siguientes: la comunicación de inicio de actividad; y a la acreditación, cuando quieran participar en el control de productos alimenticios de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 882/2004.
Asimismo, todos estos laboratorios quedan sujetos a un régimen de comprobación y control del cumplimiento de lo previsto en el Decreto.
Normativa afectada:
Se deroga por este Decreto, el Decreto 216/1999,
Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana. (BOCAN núm. 127, de 30 de junio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La presente Ley, que se dicta ejerciendo las competencias legislativas atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias por los artículos 30.1, 32.5, 32.6 y disposiciones concordantes del Estatuto de Autonomía de Canarias, tiene por objeto fomentar la participación ciudadana, tanto de forma individual como colectiva, en la actividad administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en la vida económica, política, cultural y social, haciendo realidad parte de los principios contemplados en la legislación europea, estatal y canaria.
La Ley, será de aplicación, a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los organismos e instituciones de ella dependientes; así como a todas aquellas personas que tienen la condición política de canarios en los términos del Estatuto de Autonomía (en la medida que no lo impida la legislación correspondiente), a quienes residan en Canarias (con independencia de su condición política y nacionalidad), a los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido
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