Decreto 174/2019, de 19 de diciembre, por el que se regula la artesanía alimentaria
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 27 Lunes, 10 de febrero de 2020
Temas Clave: Calidad alimentaria; Agricultura; Ganadería; Medio rural; Producción ecológica; Ecoetiquetado; Seguridad alimentaria
Resumen:
Con la regulación de la artesanía alimentaria se pretende reconocer y fomentar los valores económicos, culturales, ambientales y sociales que esta representa; preservar y conservar las empresas artesanales alimentarias que elaboran productos alimentarios de manera tradicional y respetuosa con el medio ambiente, así como estimular su establecimiento, según el artículo 22 de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega.
Galicia, al igual que otros territorios de la Unión Europea, cuenta con una gran tradición en la elaboración de productos alimentarios artesanales, que forman parte de su cultura popular y que gozan de un alto aprecio entre las personas consumidoras. La elaboración de estos productos ha contribuido no solo a engrandecer la riqueza cultural de las regiones europeas
La Rioja modifica el Decreto por el que se aprueba el Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR número 18. Viernes 14 de febrero de 2020
Temas Clave: Saneamiento; Depuración; Aguas residuales urbanas
Resumen:
El Decreto 39/2019, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, dispone en su artículo 7.2.3.r) que la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua tiene entre sus competencias la elaboración, coordinación y seguimiento de planes y programas de saneamiento y depuración de aguas residuales.
Además, el artículo 3 del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, dice que las Comunidades Autónomas fijarán, previa audiencia de los Ayuntamientos afectados, las aglomeraciones urbanas en que se estructura su territorio.
El
Sentencia Núm. 134/2019 de 19 de diciembre de 2019 del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Juan José González Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 304, de 19 de diciembre de 2019
Temas Clave: Red Natura 2000; ONG; Ordenación territorial, Urbanismo; Espacio natural protegido
Resumen:
La cuestión de inconstitucionalidad que dio origen a esta sentencia fue promovida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. En concreto sobre el art. 11.3.1 b) párrafo segundo de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y ordenación territorial de Extremadura (en adelante Ley 15/2001), en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo (en lo sucesivo Ley 9/2011), y sobre la disposición adicional única de esta ley.
En el art. 11 de la Ley 15/2001, en el apartado «suelo no urbanizable», señala en su apartado primero cual será la tipología de terrenos que deberán ser considerados en esa clase de suelo. En primer lugar estarían aquellos en los que concurran valores «de carácter ambiental, natural [y] paisajístico» [letra b)].
Más
El País Vasco se deroga el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV número 357 de 27 de enero de 2020
Temas Clave: Procedimiento administrativo; Registro actividades ambientales
Resumen:
Con fecha 3 de octubre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El citado decreto fue suspendido temporalmente mediante el Decreto 468/2013, de 23 de diciembre, por el que se suspende temporalmente el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades
Sentencia de la Audiencia Nacional de Madrid de 23 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Madrid. Sección 1, Ponente: María Luz Sanz Calvo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 3133/2019 – ECLI: ES: AN: 2019:3133
Temas Clave: Concesión administrativa; Dominio público marítimo terrestre; Caducidad; Quiosco
RESUMEN:
Se impugna por un particular la resolución de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 14 de abril de 2016, en cuanto otorga al Ayuntamiento de San Javier la concesión de ocupación de 40 metros cuadrados de dominio público marítimo terrestre con destino a la instalación del quiosco nº 1 en la playa de Barnuevo, en Santiago de La Ribera, término municipal de San Javier (Murcia).
Dicha resolución también otorga al Ayuntamiento de San Javier la concesión para la ocupación de otros 40 metros cuadrados en la playa de El Pescador, t.m. de San Javier con destino a la instalación del quiosco nº 3, pero la actora circunscribe la impugnación de la citada Orden Ministerial al otorgamiento de la concesión para la instalación del quiosco nº 1.
Se destacan algunos hechos
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