Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8124 de 30 de abril de 2020
Palabras clave: Medio Ambiente. Impuestos. Instalaciones. Fiscalidad. Deterioro ambiental.
Resumen:
La presente ley tiene por objeto establecer el conjunto de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público necesarias para completar el régimen jurídico de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de 2020; también tiene por objeto la creación y regulación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
La parte dispositiva de la ley se organiza en cinco partes, en función del ámbito material: la parte primera, relativa a las medidas fiscales; la parte segunda, relativa a las medidas financieras; la parte tercera, relativa a las medidas en el ámbito del sector público; la parte cuarta, relativa a las medidas administrativas, y la parte final, que
Varias Comunidades Autónomas proponen regular determinados controles de fauna cinegética durante el estado de alarma provocado por la Covid-19
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente:
DOGV número 8973 de 20 de abril de 2020.
BON número 90 de 30 de abril de 2020.
BOCM número 101 de 28 de abril de 2020.
DOE número 75 de 20 de abril de 2020.
DOCLM número 78 de 20 de abril de 2020.
BOA número 77 de 20 de abril de 2020.
Palabras clave: Control fauna cinegética. Caza. Covid-19. Estado de alarma. ONG. Agricultura. Salud pública. Confinamiento.
Resumen:
Un importante número de Comunidades Autónomas han aprobado por los respectivos organismos de gestión del medio natural, mediante resolución administrativa, algunos con publicación en los respectivos boletines oficiales y otros no, la posibilidad de establecer determinados controles de fauna cinegética durante el estado de alarma provocado por la Covid-19, con una serie de condiciones que aparecen en las respectivas resoluciones.
Argumentan
Sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de diciembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Luz Lourdes Sanz Calvo).
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 4734/2019 – ECLI: ES:AN:2019:4734
Palabras clave: Ríos. Especie invasora. Biodiversidad. Ecosistemas. Catálogo Español de Especies Invasoras. Organización no gubernamental (ONG).
Resumen:
El pez Koi (Cyprinus carpio L.), no se trata únicamente de una especie de carpa oriental, se trata de un símbolo de prosperidad y buena suerte para los ciudadanos de su país de origen (China), al igual que en otros países como Japón, donde representa el amor o la amistad. Pero llevado a otras latitudes como España, supone una amenaza importante para la biodiversidad y causa importantes daños a los ecosistemas, con lo que lo más recomendable es tratar de conseguir su eliminación.
La ONG Aems-Ríos con Vida, es una veterana y prestigiosa entidad conservacionista española con 40 años de historia cuyo leit motiv es la defensa de nuestros ríos.
El objeto del recurso contencioso-administrativo
Galicia aprueba los pliegos de condiciones a los que habrán de sujetarse los aprovechamientos madereros en terrenos sujetos a algún régimen de protección o afectados por legislación de protección del dominio público
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG nº 64 de 1 de abril de 2020
Temas Clave: Aprovechamiento maderero; Dominio público; Terrenos forestales; Espacios naturales protegidos; Red Natura 2000
Resumen:
La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, establece el marco normativo de los montes o terrenos forestales existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia. Uno de los objetivos de esta ley es permitir la compatibilización de los diferentes usos y aprovechamientos forestales.
La Ley de montes de Galicia, en la modificación operada a través de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, regula, en su artículo 92, la autorización única para la realización de aprovechamientos madereros que, según la legislación sectorial de aplicación, exigiesen autorización administrativa de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia. De tal forma que la competencia para conceder esta autorización corresponde al órgano
Sentencia de la Audiencia Nacional de 13 de diciembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Nieves Buisán García)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 4858/2019 – ECLI: ES: AN: 2019:4858
Temas Clave: Pesca; Red Natura 2000; Lugar de Interés Comunitario (LIC); Parque Nacional Marítimo-terrestre; Impacto socio económico; Dictamen Consejo Estado
Resumen:
Esta sentencia tiene como objeto el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federació Balear de Confraries de Pescadors frente a la Orden de 7 de septiembre, mediante la que se crea un espacio protegido de pesca en el Canal de Menorca y al mismo tiempo modifica la Orden 1504/2014 del entonces llamado Ministerio de Agricultura, alimentación y medio ambiente en base a la cual se establecen zonas protegidas para la práctica de la pesca en una serie de lugares de gran valor ecológico como son algunos fondos montañosos del Canal de Mallorca y al este del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera.
Mediante la Orden, se prohíbe la pesca con redes de arrastre, dragas, jábegas o redes similares por encima de estos hábitats delimitados en el
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