Decreto 62/2022, de 2 de junio, sobre laboratorios de ensayo de la calidad agroalimentaria de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura número 108 de fecha 7 de junio de 2022
Palabras clave: Agricultura. Alimentación.
Resumen:
Este decreto nace con la finalidad de establecer un marco regulador sobre los laboratorios de ensayo de la calidad agroalimentaria tal y como establece el capítulo III del título III de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de la aplicación de las normas dictadas por la Unión Europea y de las dictadas por el Estado en el ejercicio de sus competencias, tanto con relación a la evaluación de la conformidad de calidad comercial como de la evaluación de la calidad diferenciada.
Siguiendo la tendencia establecida en numerosas actividades, se pretende establecer un marco regulatorio simplificado para conseguir el ejercicio adecuado para verificar las funciones de los laboratorios en la calidad agroalimentaria, así como el ejercicio de potestades administrativas de control sobre los mismos por parte de los órganos competentes de la Administración autonómica.
Entrada
La Comunidad Valenciana aprueba el Plan de Inspección Ambiental. Resolución de 13 de junio de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, (2022- 2026)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9366, con fecha de 21 de junio de 2022.
Palabras clave: Contaminación. Actividad industrial. Industria. Traslado de residuos. Control integrado. Prevención. Impacto ambiental.
Resumen:
El objetivo del Plan de inspección ambiental pretende evitar la contaminación y minimizar sus efectos o la restauración de recursos afectados. Esta fundamentalmente focalizado a eliminar la contaminación de las actividades industriales, tal y como establecen diversos programas de la Unión Europea.
Este Plan determina las condiciones que deben tenerse en cuenta durante los traslados transfronterizos de residuos, define las tareas encomendadas a las autoridades competentes y dispositivos de los que se dispone para su correcto desarrollo durante el periodo de vigencia. Se diseña de forma que, una parte de las inspecciones se realicen en las Aduanas, y el resto en establecimientos, empresas, agentes y negociantes de residuos autorizados, llevando a cabo controles, en el
Decreto 73/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se crea el Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9356, con fecha de siete de junio de 2022
Palabras clave: Agricultura. Sostenibilidad. Medio Ambiente. Control alimentario. Alimentación.
Resumen:
Siendo conscientes de la repercusión del sector agrario en la Comunidad Valenciana, se crea el Registro de Explotaciones Agrícolas, con la finalidad de recoger las características generales de las explotaciones, sus titulares, la localización geográfica, la naturaleza jurídica, el aprovechamiento y uso de la tierra, o el régimen de explotación.
Se trata de crear una herramienta que acopie toda esta información y sirva como instrumento de planificación de la política agroalimentaria y medioambiental debe construirse sobre los principios que rigen el «sistema integrado de gestión y control» (SIGC), previsto por el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la PAC.
Se trata de establecer una base de datos geoespacial en la que se identifiquen
Decreto 64/2022, de 20 de mayo, del Consell, para la conservación de praderas de fanerógamas marinas en la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9353, con fecha de 2 de junio de 2022.
Palabras clave: Servicios ecosistemicos. Biodiversidad. Litoral. Posidonia. Cambio climático. Conservación.
Resumen:
La importancia ecológica de estas especies está fuera de toda duda, en especial, la más conocida y estudiada de ellas, las de Posidonia Oceánica (posidonia), constituyen la comunidad bentónica más importante de las áreas costeras del Mediterráneo por su relevante papel ecológico en fondos cubiertos por arenas someras. Además, estas praderas producen oxígeno y materia orgánica, ayudando al secuestro de CO2, y a la lucha contra el cambio climático. Por si fuera poco, en ellas viven más de 400 especies de plantas y 1000 de animales, generando importantes servicios ecosistemicos.
Están consideradas como hábitat prioritario por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Por su parte, la Seba (Cymodocea nodosa)
Acuerdo de 20 de mayo de 2022, del Consell, por el que se modifica el Catálogo de zonas húmedas de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9353, de fecha 2 de junio de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Espacios naturales protegidos. Lagos. Lagunas. Embalse. Albufera.
Resumen:
Las zonas húmedas son uno de los ecosistemas con mayor biodiversidad. En la Comunitat Valenciana existen 48 zonas húmedas catalogadas a través del Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunitat Valenciana. Mediante el presente acuerdo, y tras la última revisión, se evidencia la necesidad de llevar a cabo su ampliación.
El procedimiento para su modificación se establece en el Acuerdo del Consell de 10 de septiembre de 2002, al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, y en virtud de lo que dispone el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia
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