Cataluña aprueba el Programa de autogeneración y descarbonización de la red viaria mediante el Acuerdo Gov/241/2024
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 9290, de 14 de noviembre de 2024
Palabras clave: Sostenibilidad. Energías renovables. Descarbonización. Antropización. Planificación. Energía verde. Servicio público viario.
Resumen:
Este Programa supone un cambio de paradigma en la infraestructura de movilidad para toda Cataluña. Pretende integrar las instalaciones de generación de energía verde y renovable como un elemento funcional más de las carreteras vinculado permanentemente a la explotación del servicio público viario. Permite avanzar en el desarrollo de este modelo mediante las políticas sectoriales de ordenación, planificación y gestión integrada de la red viaria. También permite desarrollar los objetivos del Acuerdo del Gobierno de 23 de mayo de 2023, con el fin de acelerar las actuaciones para aprovechar el potencial renovable de las instalaciones, edificaciones e infraestructuras de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público.
El objetivo de este Programa es que la red viaria se autoproduzca de forma limpia, verde y renovable la energía que consume, a través de la instalación, principalmente, de elementos
Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 217, de 11 de noviembre de 2024
Palabras clave: Concesión administrativa. Beneficios sociales. Eólica marina. Explotación minera. Incendios. Vehículo eléctrico. Utilidad pública. Simplificación administrativa. Compostaje.
Resumen:
La ley consta de un título preliminar, siete títulos y tres disposiciones adicionales, una derogatoria y ocho finales. Como novedades más destacadas, procedemos a continuación de resumir el contenido de la misma. El título preliminar contempla las disposiciones generales sobre el objeto de la ley, donde se enumeran las actuaciones y los instrumentos que la ley comprende y sus finalidades, y desarrolla la conceptuación de los beneficios sociales y económicos de los proyectos a los efectos de la ley.
En el título primero se enumeran que tipo de proyectos se encuentran contempladas en la misma, como los proyectos de producción de energía a partir de fuentes renovables, los proyectos que requieren de la concesión de aguas para los usos que la ley determina y los derechos, concesiones mineras y
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 31 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1. Valencia. Ponente: Javier Eugenio López Candela)
Autor: Carlos Javier Durá Alemañ. Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Roj STSJ CV 4281/2024 – ECLI:ES: TSJCV:2024:4281
Palabras clave: Biodiversidad. Zonas húmedas. Urbanismo. Caducidad. Genero. Catálogo.
Resumen:
El objeto de impugnación en la presente sentencia es el Acuerdo de 20 de mayo de 2.022 del Consell, por el que se modifica el Catálogo de zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana, y en concreto, el que se refiere a la zona nº53, El Quadre de Santiago, en el término de Benicasim. La actora es una empresa relacionada con el sector de la construcción y el golf que tiene unos determinados intereses económicos en la zona.
De manera inicial, es preciso resolver algunas cuestiones previas que formula la actora y que son los siguientes: a) Caducidad del Acuerdo por la falta de resolución en el plazo establecido una vez iniciado el procedimiento con la Orden 5/2020, de 28 de febrero. B) Infracción de las reglas esenciales del procedimiento por falta de: Memoria Económica. Dictamen del Consell Juridic Consultiu. Informe de la Abogacía
Cataluña aprueba las bases para que las ONG, ayuntamientos y consorcios puedan llevar a cabo la gestión de espacios naturales y la compra de fincas que contengan hábitats de interés comunitario con el fin de conservar su biodiversidad durante un período de treinta años de acuerdo con un programa de medidas de conservación y restauración
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario oficial de la Generalitat de Cataluña, n. 9278, de 29 de octubre de 2024
Palabras clave: Custodia del territorio. Propiedad privada. Hábitats de interés comunitario. Biodiversidad. Conservación. Restauración.
Resumen:
La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido una de las pioneras en España, en el desarrollo de iniciativas de conservación de la biodiversidad más allá de las figuras públicas tradicionales de conservación, también denominadas como custodia del territorio. Por otro lado, el Decreto 161/2023, de 29 de agosto, sobre el Registro de fincas con iniciativas de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, establece como una de las finalidades del Registro reconocer los compromisos de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad adquiridos por las personas y entidades que formalicen iniciativas de conservación a efectos de facilitar que puedan
Murcia aprueba medidas para prevenir los daños causados por la proliferación de conejos mediante la Orden de 9 de octubre de 2024
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, n. 238, de 11 de octubre de 2024
Palabras clave: Daños. Perjuicios. Caza. Prevención. Agricultura. Enfermedades. Infección.
Resumen:
La proliferación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus), con los consiguientes daños y perjuicios que esta especie puede causar a la salud humana, a la agricultura y a infraestructuras de carácter viario, motivaron que en años anteriores, y con fundamento en el artículo 45 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, fueran declarados determinados términos municipales como Comarca de Emergencia Cinegética Temporal, mediante orden de la Consejería competente en materia de caza.
En la actualidad, sigue siendo necesaria la adopción de medidas para la prevención de daños dada la dificultad de controlar estas poblaciones con los métodos habituales, mediante la regulación establecida en las órdenes anuales de vedas, o mediante permisos especiales concedidos como consecuencia de daños.
La Orden extenderá su vigencia hasta el 11 de octubre
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