Orden de 29 de junio de 2022 por la que se aprueba el Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra (Ciconia nigra) en Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 133, de 12 de julio de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Plan de Recuperación. Peligro de extinción.
Resumen:
La población ibérica de cigüeña negra fue estimada entre 1995 y 2002 en 405-483 parejas (322-387 en España). Según SEO/BirdLife, en España en 2017 la población de cigüeña negra era de 351 parejas seguras y 24 probables, con un total de 375 territorios ocupados.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que incluye a la cigüeña negra (Ciconia nigra) en la categoría de especie “en peligro de extinción”, su catalogación como tal exige la redacción de un Plan de Recuperación, en el que se definirán las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción. Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.2 de la Ley 8/1998, de 26 de
Extremadura regula el Registro de Agentes del Medio Natural y los medios para su acreditación e identificación
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 138 de 19 de julio de 2022
Palabras clave: Agentes medioambientales. Registro. Acreditación.
Resumen:
Mediante el Decreto 268/2005, de 27 de diciembre, se llevó a cabo una reestructuración del cuerpo de Agentes Forestales y Agentes de Medio Ambiente, de la entonces Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, con la finalidad de integrarlos en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la especialidad Agentes del Medio Natural.
El siguiente paso fue regular el sistema de acreditación, condiciones y requisitos de su uso, a través de la Orden de 17 de julio de 2009.
Desde la aprobación de la orden indicada, ha pasado ya un tiempo considerable, por lo que se considera necesario proceder a una mejora en el sistema y medios de acreditación e identificación del personal integrado dentro del colectivo, así como de su uso, que permita no sólo su inequívoca identificación
Galicia crea la Red de coordinación entre el sector pesquero y organismos científicos, mediante la Orden de 27 de junio de 2022
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia, de 11 de julio de 2022, n. 131
Palabras clave: Pesca. Ciencia. Biodiversidad. Desarrollo sostenible.
Resumen:
El sector pesquero es de una gran importancia en la Comunidad de Galicia. El Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante, FEMP), establece en su artículo 6 las prioridades de la Unión Europea para contribuir a la estrategia Europa 2020 en conexión con los objetivos temáticos enumerados en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. En este sentido, el objetivo temático 6 consiste en «conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos».
Por otro lado, la prioridad 1 del artículo 6 del citado Reglamento (UE) nº 508/2014 hace mención a «fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista ambiental, eficiente en el uso de
Sentencia 76/2022, de 18 de julio de 2022, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Pedro José González-Trevijano Sánchez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado de fecha 18 de julio de 2022, número 171
Palabras clave: Silencio administrativo. Licencia ambiental. Control ambiental. Evaluación de impacto ambiental.
Resumen:
El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Alicante, debido a una cuestión planteada en su jurisdicción, es el órgano que promueve la presente cuestión de inconstitucionalidad. El objeto del proceso el art. 60.2 de la Ley de las Corts Valencianes 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana (en adelante, Ley 6/2014), por posible infracción de los apartados 23 y 18 del art. 149.1 CE. El art. 60 de la citada ley regula los plazos de resolución y notificación de la licencia ambiental que se define en el art. 4.12 de la citada ley, y que se regula en su título III. En su apartado primero dispone que el plazo máximo para resolver y notificar la licencia ambiental será de seis meses, a
Orden ACC/157/2022, de 27 de junio, por la que se establecen determinadas medidas de gestión de la pesca profesional y recreativa en el ámbito marino del Parque Natural de Cap de Creus y en la bahía de Cadaqués
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, n. 8699, de 30 de junio de 2022
Palabras clave: Pesca profesional. Pesca recreativa. Economía circular. Comité de gestión. Desarrollo sostenible.
Resumen: La actividad de la pesca profesional en el cabo de Creus, se lleva a cabo en buena medida en aguas del Parque Natural así como de su entorno, como la bahía de Cadaqués. Se trata de una actividad ancestral caracterizada por la variedad de las capturas, tanto de peces como de crustáceos, altamente valoradas en los mercados locales. Al tratarse esta actividad, la más antigua de la consideraron adecuado promover la creación de un comité de cogestión de la pesca en el entorno marino del cabo de Creus para que la gestión de la pesca profesional se ejecutara según dicho modelo, siguiendo los criterios de gestión adaptativa, ecosistémica y bioeconómica.
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