Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 11 de diciembre de 2024 (Sala de lo Contencioso Administrativo Sección 1ª. Ponente, Juan González Rodríguez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Roj: STSJ MU 2545/2024 – ECLI:ES: TSJMU: 2024:2545
Palabras clave: Aguas. Confederación Hidrográfica. Sanción. Mar Menor. Aprovechamiento aguas. Caducidad administrativa.
Resumen:
Tiene como objeto la presente sentencia una Resolución del órgano responsable en medio ambiente de la Región de Murcia al desestimar un recurso planteado por el que se acordó ordenar a una mercantil ” haber realizado un uso privativo de aguas para riego de 25 ha de hortalizas…la restitución de los terrenos situados …. paraje El Carmolí, …, de 25,97 has, que se encuentran en la Zona 1 del Decreto-Ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor y de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, cuyos regadíos han sido prohibidos por no estar amparados por un derecho de aprovechamiento de aguas…”.
Los argumentos expuestos por la actora son los siguientes. Por un lado, la caducidad del procedimiento. Como segundo argumento sería la vulneración de la disposición transitoria
Murcia aprueba el listado de las líneas eléctricas de alta tensión que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en los artículos 6, 7 y en el anexo del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 12 de fecha 16 de enero de 2025
Palabras clave: Electrocución avifauna. Biodiversidad. Responsabilidad ambiental.
Resumen:
La electrocución de aves es uno de los principales problemas para la biodiversidad en la actualidad. Las estimas según el Ministerio de Transición Ecológica son de en torno a las 15.000-34.000 aves rapaces muertas por electrocución más otros tantos miles por colisión. En España, el marco legal que regula la actividad de manera directa es el Real Decreto de 1432/2008, de 29 de agosto (BOE n.º 222 de 13 de septiembre de 2008) establece medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Aunque no hay que obviar otra normativa
Ley 1/2025, de 8 de enero, del Fondo Agrario y Ganadero
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 9325 de fecha 9 de enero de 2025
Palabras clave: Ganadería. Agricultura. Biodiversidad. Cambio climático.
Resumen:
El sector agropecuario en Cataluña se encuentra con tendencia a la baja. Sin embargo, se observa que la superficie agraria tiende a ser explotada por las personas jurídicas en detrimento de las personas físicas. Respecto a cuestiones demográficas, los mayores de sesenta y cinco años representan la gran mayoría, mientras que los menores de cuarenta y un años solo el 12%. Este dato muestra precisamente la falta de relavo generacional del sector. Todo ello genera un importante despoblamiento en el medio rural, así como una pérdida de soberanía alimentaria y el impacto ambiental o en la biodiversidad.
A pesar de los esfuerzos realizados para apoyar estas políticas, se están mostrando insuficientes, con lo que se ha decidido dotarlas de un mayor apoyo a través de las administraciones competentes. En consecuencia, esta ley crea el Fondo Agrario y Ganadero, un fondo complementario que se dota con parte de los ingresos provenientes
Euskadi aprueba la regulación del Foro de Urbanismo y vivienda. Decreto 475/2024, de 17 de diciembre
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 1 de fecha dos de enero de 2025
Palabras clave: Ordenación del territorio. Participación social. Medio Ambiente. Urbanismo.
Resumen:
En la actualidad, la vivienda se ha convertido en uno de los problemas más importantes para la sociedad. La participación ciudadana y social es una herramienta indispensable en un modelo de gobernanza avanzada y constituye un elemento esencial en el diseño, implementación y gestión de las políticas públicas. Especialmente importante resulta en aspectos relativos a la ordenación del territorio y el medio ambiente.
Además del Convenio de Aarhus, el derecho a participar en los principios rectores del diseño de políticas relacionadas con el medio ambiente, la vivienda, etc. También se prevé en la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda de Euskadi.
Participar es un derecho, por tanto, que posibilita que las personas y las organizaciones de los diversos sectores de la sociedad hagan llegar su voz y sus propuestas a las instituciones, favoreciendo una mayor eficacia de la acción política y administrativa,
Sentencia 119/2024, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Cesar Tolosa Triviño)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador Ramón y Cajal del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC. Córdoba
Fuente: Boletín Oficial del Estado, número 264, de 1 de noviembre de 2024
Palabras clave: Caducidad. Concesión administrativa. Dominio público. Demanio. Litoral. Constitución.
Resumen:
El objeto de esta sentencia trata sobre un posible conflicto de competencias. La parte actora es el Gobierno de Canarias e interpone recurso contra la resolución del MITECO de febrero de 2024 en cuanto que la administración general del Estado asume la competencia para declarar la caducidad de una concesión de uso y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre sujeta al régimen jurídico de la disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas.
En concreto, el Gobierno de Canarias considera que el precepto controvertido no respeta la distribución de competencias establecida en la Constitución. De manera más precisa, respecto a la posibilidad de obviar las competencias en la «ordenación y gestión del litoral» prevista en el art. 157 b) del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan). Este artículo abarca la función ejecutiva de la gestión de los títulos habilitantes de la ocupación del
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