La veda, una protección protegida por el Código Penal
Autor: Hércules Guardiola Bellés. Agente Medioambiental de la Generalitat Valenciana. Col·lectiu d’Agents Mediambientals de la Comunitat Valenciana (CAAMMCV)
Fuente: Roj: STS 3566/2020 – ECLI: ES:TS:2020:3566. Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2020 (Sala de lo Penal, Sección 991, número de recurso: 5146/2019, Ponente: Manuel Marchena Gómez)
Palabras clave: Caza. Veda. Delito.
Resumen:
Falla la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que a efectos de la tipificación como delito que se establece en el artículo 335.1 del Código Penal para la caza de especies no protegidas, cuando existe una prohibición sobre su caza, no sólo se considerarán las prohibiciones “de carácter absoluto”, sino también algunas de “naturaleza relativa”, como pueden ser las dictadas para los periodos de veda, dada la importancia de estos periodos para la reproducción y conservación de las especies.
Destacamos los siguientes extractos:
“(…) Las prohibiciones de cazar una determinada especie tienen distinto significado. Pueden tener carácter absoluto, pero también pueden ser de naturaleza relativa, reduciendo la prohibición a límites temporales, espaciales o relacionados con las medidas o