Reglamento (UE) Núm.1343/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011 sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo. (DOUE L 347/44, de 30 de diciembre de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Pesca; Explotación sostenible de los recursos pesqueros; Mar Mediterráneo
Resumen:
Este Reglamento establece las normas para la aplicación por parte de la Unión de las medidas de conservación, gestión, explotación, control, comercialización y ejecución para los productos de la pesca y la acuicultura, establecidas por la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM). Disposiciones que serán de aplicación a todas las actividades comerciales relacionadas con la pesca y la acuicultura llevadas a cabo por buques de pesca de la UE y ciudadanos de los Estados miembros en la zona del Acuerdo CGPM. No obstante, no se aplicarán a las operaciones de pesca realizadas
Actualidad al día: Se crea el Grupo de Autoridades de la Unión Europea para las actividades en alta mar del sector del petróleo y el gas
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, C18/8, de 21 de enero de 2012
Temas Clave: Medio marino; Energía; Petróleo; Gas, Unión Europea
Resumen:
Por Decisión de la Comisión de 19 de enero de 2012 fue creado el Grupo de Autoridades de la Unión Europea para las actividades en alta mar del sector del petróleo y del gas; como un instrumento más para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 191 del TFUE al establecer como objetivos la conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente y la utilización prudente y racional de los recursos naturales y dispone que la acción de la Unión se apoye en un elevado nivel de protección basado en los principios de cautela y de acción preventiva; y de la propia política de la Unión que pretende, por un lado, reducir el número de accidentes graves resultantes de las actividades en alta mar del
Decreto 223/2011, de 17 de noviembre, por el que se desarrollan las normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas extensivas y se crea el Registro de Explotaciones Porcinas Extensivas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 234, de 9 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ganadería; Bienestar animal; Sanidad animal; Registro explotaciones porcinas extensivas
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto, al amparo del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, la creación del Registro Gallego de Explotaciones Porcinas, así como el desarrollo del Real Decreto1221/2009, de 21 de julio, en el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, en aquellos aspectos abiertos a su regulación para las comunidades autónomas.
El Capítulo II es el encargado de crear el Registro Gallego de Explotaciones Porcinas Extensivas (integrado a su vez en el Registro General de Explotaciones Ganaderas), así como todos los aspectos relativos a la inscripción en el mismo. Destacar, que la inscripción se podrá llevar a cabo por el titular de la explotación o su representante, tanto de manera
Sentencia 790/2011, de 24 de octubre, del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (Sala de lo Contencioso. Sección 1ª. Sede de Palma de Mallorca. Ponente Dña. Alicia Esther Ortuño Rodríguez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ BAL 1220/2011
Temas Clave: Red Natura
Resumen:
Se señala como objeto del recurso la desestimación presunta de la solicitud efectuada por la entidad denominada “Grup Balear d´ornitologia i defensa de la naturalesa” el 30 de abril de 2009 ante la Consellería de Medi Ambient de Baleares, en la cual, y en relación con el informe elaborado por agentes de medio ambiente en el que se señalaba la presencia en la zona de Son Bosc, sobre el que se proyecta la construcción de un emplazamiento socio-deportivo (concretamente un campo de golf), de hábitats naturales de importancia comunitaria y de protección prioritaria, se interesa (dicha entidad actuante) por la remisión de una copia del citado informe, la verificación y, en su caso, la cartografía de la presencia de estos hábitats naturales y la adopción de medidas para garantizar la conservación de dichos hábitats, en especial los
Reglamento (UE) Nª 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, por el que se establece el Programa de apoyo para la consolidación de la política marítima común (DOUE L 321/1, de 5 de diciembre de 2011)
Temas Clave: Política Marítima
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
Con este Reglamento se establece un Programa de apoyo a medidas destinadas a impulsar la consolidación y la aplicación de la política marítima integrada de la Unión («el Programa»). Programa que apoyará el uso sostenible de mares y océanos, así como la ampliación de conocimiento científico. Por su parte, la política marítima integrada de la Unión («la PMI») fomentará la toma de decisiones coordinada y coherente a fin de lograr el máximo de desarrollo sostenible, crecimiento económico y cohesión social en los Estados miembros, en particular en lo que respecta a las regiones costeras, insulares y ultraperiféricas de la Unión, al igual que en los sectores marítimos, por medio de políticas en materia marítima coherentes y de la cooperación internacional pertinente. Todo ello sobre la base de que el objetivo principal de la
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