Crónica del ICEL/UC3M International Symposium (Madrid, 19-11-2021), “Towards a global legal framework in harmony and peace with nature”
Autor: Juan Azorín Toboso, Universidad de Castilla-La Mancha
Palabras clave: Universidad. Formación. Derecho ambiental. Derechos fundamentales. Aguas. Salud.
Resumen:
Tal y como se desprende de su rúbrica, la razón de ser del simposio del International Council of Environmental Law, acogido por la Universidad Carlos III, ha sido la reflexión y el debate acerca del establecimiento de una infraestructura jurídica en comunión con la naturaleza, esto es, de la instauración de un marco legal que no sólo respete, sino que también preserve el mundo en que vivimos[1].
Esta loable propuesta se manifiesta ya desde las primeras ponencias relativas a la justicia climática y a la relación entre los seres humanos y la naturaleza. En ellas se han reflejado diversos ejemplos y planteamientos globales, regionales (tanto desde un punto de vista político, como la Unión Europea, como geográfico, por ejemplo, la Patagonia) o nacionales (Colombia) tendentes a erigir la justicia climática en la cúspide hacia la que han de converger los litigios y las políticas concernientes al medioambiente. A partir de ahí, se puede valorar el estado de las relaciones entre la especie humana y el resto de la Tierra, especialmente en el contexto del covid-19. En referencia a las poblaciones indígenas, la doctora María Antonia Tigre, (Directora de la Región Latinoamérica en Global Network for the Study of Human Rights and the Environment) ha defendido que “la mejor manera de proteger la Naturaleza es proteger los derechos humanos de las personas que viven allí”, en tanto en cuanto son quienes mejor saben cómo preservar el medioambiente.
El tercer panel resultó de gran interés, pues se dedicó a la protección de los ecosistemas y puso de manifiesto datos como la vital importancia de la posidonia oceánica para la preservación de las playas o la mejora del ecosistema marino,el incremento de los artículos e investigaciones jurídicas sobre los distintos límites geográficos/ecológicos planetarios, o la relevante función de los Estados Miembro Consultivos en las regulaciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CNUDM) o de la Organización Marítima Internacional (como España, sin reivindicaciones territoriales en la Antártida). Otro motivo de atención fue el agua, reconocida por ser un recurso necesario para la actual y las futuras generaciones, pero con alarmantes datos, como que más de la mitad de la población mundial no tiene acceso a agua limpia. En consecuencia, se propuso por parte de la doctrina y de las instituciones internacionales, atendiendo a lo expuesto por Adrián Gavín Lalaguna, “una gestión integrada de los recursos hídricos, basada en la promoción e implantación de planes hidrológicos concretos, así como en la seguridad en la gestión del agua, fundamentada en la creación de espacios comunes y compartidos para el diálogo en lo concerniente a la gestión internacional del agua”. Además, para la gestión internacional del agua, con un alcance más general postula la “Solidaridad Global”, término concebido en 1945 para evitar una nueva guerra mundial, pero que también debería regir en tiempos de paz y reflejarse en la cooperación entre organismos y demás actores internacionales.
En el cuarto panel, relativo a la mejora de los acuerdos sobre el medioambiente y las instituciones, se ha evidenciado la necesidad de articular una responsabilidad corporativa e internacional por parte de las empresas y negocios, que proteja y respete los derechos humanos y el medio ambiente. Y denunciado que “la corrupción desmotiva a los ciudadanos a combatir contra el cambio climático” (Carolina Serrano). También se ha defendido que “la salud pública está directamente relacionada con nuestro tratamiento de los animales y sus hábitats”, además de que “las pandemias son globales, y por ello ha de haber respuestas internacionales” no únicamente nacionales (Laurie Morgan). En ese sentido, muchos ponentes insistieron en la necesidad de aprovechar las oportunidades que nos ofrecen los tiempos de crisis (como la del Covid-19), rememorando la cita de Sir Winston Churchill: “nunca dejes que una buena crisis se desperdicie”.
En su ponencia, Roy Lee (abogado ante la Corte Suprema de Nueva Zelanda y de Victoria, Australia), sostuvo que el dinero vence a la ley en la pelea, pues no se somete a sus cauces ni a sus ritmos, sin mencionar que nuestros sistemas y valores (en algunos contextos, ya anticuados) no protegen la naturaleza (sistemas electorales corruptibles, crecimiento económico que se superpone a las propias normas y valores…). En un momento expresó: “si mi hijo estuviera únicamente preocupado en hacer dinero, estaría preocupado por si mi hijo fuera un sociópata”. De ahí que, en su opinión, el Derecho necesita “jugar sucio”, reconstruir los sistemas y valores, y reivindicar especialmente el papel de las autoridades y pueblos indígenas, cuyo conocimiento es infrautilizado, menospreciado.
Por su parte, Felipe Jardim (doctorando en la Universidad Estatal de Río de Janeiro) presentó el proyecto de Rio de Janeiro (también existente en otras ciudades como París) de producción agroecológica y urbana de comida, que permite lograr una cierta soberanía alimentaria, así como servir de herramienta para alcanzar derechos humanos (comida, ocio, trabajo, salud, protección del medioambiente, vida, libertad), como expone
En el diálogo mantenido entre Nicholas A. Robinson (catedrático emérito del World Comissionon Environmental Law) y Yann Aguila (director general del Global Pact Coalition), coincidieron amargamente que no tratamos la tierra como un hogar, sino como un lugar del que extraer recursos naturales, una locura semejante a quemar nuestra propia casa. Una de sus propuestas más relevantes fue la necesidad de textos con auténtico valor jurídico que recojan estos derechos en una suerte de “Convención Internacional sobre el Derecho a un Medioambiente Saludable”, de la misma forma que hay principios fundamentales en las constituciones nacionales (v. gr. artículo 45 de la Constitución Española de 1978) y Tratados Internacionales que amparan derechos humanos.
Por último, debemos agradecer y felicitar a los organizadores del simposio, tan necesario para inspirar la construcción de las bases doctrinales que orienten la política ambiental, que guíen a particulares y empresas a mantener un noble espíritu de comunión con el mundo que nos rodea, y que, en definitiva, permitan articular los mecanismos que garanticen la integridad del hogar que habitamos.
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[1]El programa complete puede consultarse en: TOWARDS A GLOBAL LEGAL FRAMEWORK IN HARMONY AND PEACE WITH NATURE – Inicio (uc3m.es).