Galicia regula determinadas disposiciones en materia de aguas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG nº.42 de 3 de marzo de 2020
Palabras clave: Aguas; Administración hidráulica; Dominio público hidráulico; Demarcación hidrográfica
Resumen:
Las funciones de supervisión y control en el dominio público hidráulico y en su zona de policía se realiza por parte de la Administración hidráulica competente que, en el ámbito de la demarcación hidrográfica Galicia-Costa corresponden a la entidad pública empresarial Aguas de Galicia en los términos establecidos en los artículos 4, 6 y 11 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, que desarrollan la competencia exclusiva que atribuye a la Comunidad Autónoma el artículo 27.12 del Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, cuando las aguas discurran íntegramente dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.22 de la Constitución española.
Para ello se recurre a la técnica autorizatoria como elemento
El País Vasco regula los procedimientos de regulación y aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV número 63 de 31 de marzo de 2020
Palabras clave: Urbanismo; Ordenación territorio; Planes ordenación territorial; Planes urbanísticos; Ordenación urbanística; Evaluación ambiental; Procedimiento administrativo instrumental; Catálogos de protección
Resumen:
La Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, como la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, establecen con cierto detalle los procedimientos correspondientes a los procesos de elaboración o revisión y modificación de los planes de ordenación territorial en el caso de la primera, y de los planes urbanísticos en el caso de la segunda.
La ya larga experiencia desarrollada en cuanto a los mencionados procedimientos, y la estrecha conexión o comunicación entre la ordenación territorial y la ordenación urbanística, ambas prácticamente completadas en el conjunto de las áreas funcionales y términos municipales de Euskadi, aconseja su inclusión en
V Tarragona International Environmental Law Colloquium
Autor: David Mercadal Cuesta, Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Palabras clave: Derecho ambiental; Formación; Universidad
Resumen:
Un año más, se celebra en Tarragona el V Tarragona International Environmental Law Colloqium (TIEC), organizado por el Centro de Estudios en Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT), la Universitat Rovira i Virgili (URV) y la Associació de Alumnes i Ex alumnes de Dret Ambiental de Tarragona (AAEDAT).
Se celebrará el 25 y 26 de junio de 2020 en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universitat Rovira i Virgili, en Tarragona. En esta quinta edición el tema es “Gender and Environmental Law. Challenges and opportunities for promoting the role of gender in environmental justice”.
Este congreso tiene como objetivo crear un foro para investigadores de distintos niveles y procedencias, en el que puedan presentar sus trabajos e investigaciones. Además, se propone como un punto de encuentro para estudiantes, profesores, investigadores… interesados en el Derecho ambiental, abordando cuestiones relativas a desafíos y oportunidades para promover el papel del género en la justicia ambiental: derechos humanos de
Aprobación definitiva del Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de La Gomera
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 10/2020, de 20 de febrero. BOCAN núm. 77, de 9 de marzo de 2020
Temas Clave: aguas; planificación; gestión; inundaciones
Resumen:
El esquema de actuación establecido en la Directiva de Inundaciones y en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, en materia de evaluación y gestión de los riesgos de inundación, comprende tres momentos o fases: 1. La evaluación preliminar del riesgo de inundación. 2. La elaboración de mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación. 3. La aprobación de los planes de gestión del riesgo de inundación.
Las dos primeras fases ya han sido evacuadas por el Consejo Insular de Aguas de La Gomera; encontrándonos en este momento en la tercera de ellas.
Los Planes Hidrológicos Especiales son aquellos que se circunscriben a extremos concretos contemplados en el Plan Hidrológico Insular, al cual, por tanto, complementan. Al efecto, el plan que se aprueba: a) se limita a abordar un extremo concreto: la gestión de riesgos de inundación
Cataluña aprueba el documento base del Acuerdo Nacional para la Agenda 2030
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC Núm. 8068, de 20 de febrero de 2020
Palabras clave: Agenda 2030; Naciones Unidas; Desarrollo sostenible; Cambio climático; Biodiversidad
Resumen:
La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible es una hoja de ruta de las Naciones Unidas para disponer de un marco consensuado de actuación ante los retos globales de la humanidad. Esta hoja de ruta establece 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas de tipo económico, social y ambiental. Para traducir los objetivos en acciones efectivas, Naciones Unidas anima a desarrollar respuestas nacionales ambiciosas para aplicar esta agenda y a crear alianzas de colaboración entre todos los países y actores para alcanzar los ODS.
Respondiendo a este mandato internacional, el 14 de febrero de 2017, el Gobierno adoptó el Acuerdo del Gobierno para la elaboración del Plan nacional para la implementación de la Agenda 2030 en Cataluña y de creación de la Comisión Interdepartamental para la elaboración del
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