<\/p>\r\n

Arag\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\r\n

Orden de 4 de febrero de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganader\u00eda y Medio Ambiente, por la que se regula el procedimiento de presentaci\u00f3n telem\u00e1tica de las solicitudes de subvenciones en materia de medio ambiente. (BOA n\u00fam. 33, de 15 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong>http:\/\/www.boa.aragon.es\/cgi-bin\/EBOA\/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=719029645050<\/a><\/p>\r\n

\u00a0<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Castilla-Le\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\r\n

Orden AYG\/40\/2013, de 30 de enero, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganader\u00eda en el a\u00f1o 2013 y determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER (ayudas agroambientales en la campa\u00f1a agr\u00edcola 2012\/2013, la indemnizaci\u00f3n compensatoria para el a\u00f1o 2013, ayudas a los agricultores que utilicen los servicios de asesoramiento a las explotaciones, campa\u00f1a agr\u00edcola 2012\/2013). (BOCyL n\u00fam. 24, de 5 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/bocyl.jcyl.es\/boletines\/2013\/02\/05\/pdf\/BOCYL-D-05022013-6.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo: <\/em><\/strong>El plazo para la presentaci\u00f3n de la \u00abSolicitud \u00danica\u00bb correspondiente al a\u00f1o 2013 ser\u00e1 el comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de dicho a\u00f1o, ambos inclusive.<\/p>\r\n

No obstante, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 23 del Reglamento (CE) n.\u00ba 1122\/2009, de la Comisi\u00f3n, ser\u00e1n aceptadas las solicitudes presentadas dentro de los veinticinco d\u00edas naturales siguientes a la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo establecido para la presentaci\u00f3n. En este caso el importe de los pagos por superficie, primas ganaderas, ayudas agroambientales e indemnizaci\u00f3n compensatoria ser\u00e1 reducido en un 1 por 100 por cada d\u00eda h\u00e1bil de retraso, salvo que el retraso en la presentaci\u00f3n de la solicitud se hubiera producido por causas de fuerza mayor. Las solicitudes presentadas con posterioridad a los veinticinco d\u00edas naturales siguientes a la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n se considerar\u00e1n como no presentadas.\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\r\n

\u00a0<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Catalu\u00f1a<\/em><\/strong><\/em><\/p>\r\n

-Orden AAM\/6\/2013, de 17 de enero, por la que se establece y se regula la declaraci\u00f3n \u00fanica agraria de 2013. (DOGC n\u00fam. 6302, de 28 de enero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/portaldogc.gencat.cat\/utilsEADOP\/PDF\/6302\/1281030.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo:<\/strong> La declaraci\u00f3n \u00fanica agraria se puede presentar desde el 1 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2013.<\/p>\r\n

-Orden AAM\/17\/2013, de 1 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la tramitaci\u00f3n de la ayuda de pago \u00fanico y otros reg\u00edmenes de ayudas comunitarias en agricultura y ganader\u00eda para la campa\u00f1a 2013, y se convocan las ayudas correspondientes con sus bases. (DOGC n\u00fam. 6310, de 7 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/portaldogc.gencat.cat\/utilsEADOP\/PDF\/6310\/1283164.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo:<\/strong> La solicitud \u00fanica se debe presentar en el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2013, ambos incluidos. No obstante, se admiten las solicitudes presentadas dentro de los veinticinco d\u00edas naturales siguientes a la finalizaci\u00f3n de los plazos previstos en este art\u00edculo, pero el importe de las ayudas se reducir\u00e1 en un 1% por cada d\u00eda h\u00e1bil de retraso, a menos que el retraso en la presentaci\u00f3n se haya producido por motivos de fuerza mayor debidamente justificados.<\/p>\r\n

<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Extremadura<\/em><\/strong><\/p>\r\n

Orden de 30 de enero de 2013 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitaci\u00f3n y concesi\u00f3n de las ayudas del r\u00e9gimen de pago \u00fanico, otros pagos directos a la agricultura, as\u00ed como derivados de la aplicaci\u00f3n del programa de desarrollo rural y actualizaci\u00f3n de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campa\u00f1a 2013\/2014, en la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura. (DOE n\u00fam. 21, de 31 de enero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/doe.juntaex.es\/pdfs\/doe\/2013\/210o\/13050026.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo:<\/strong> El plazo para la presentaci\u00f3n de la Solicitud \u00danica y actualizaci\u00f3n del Registro de Explotaciones ser\u00e1 el comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril del a\u00f1o de solicitud.<\/p>\r\n

Las solicitudes de ayudas presentadas dentro de los veinticinco d\u00edas naturales siguientes a la finalizaci\u00f3n de dichos plazos ser\u00e1n aceptadas, pero el importe de las ayudas ser\u00e1 reducido en un 1 por 100 por cada d\u00eda h\u00e1bil de retraso salvo casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales de acuerdo con el Reglamento (CE) n.\u00ba 73\/2009. No se admitir\u00e1n en este per\u00edodo solicitudes a la Reserva Nacional de pago \u00fanico.<\/p>\r\n

<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Galicia<\/em><\/strong><\/p>\r\n

Orden del 1 de febrero de 2013 por la que se regula la aplicaci\u00f3n de los pagos directos a la agricultura y a la ganader\u00eda y de las ayudas al desarrollo rural para la utilizaci\u00f3n sostenible de las tierras agr\u00edcolas en el a\u00f1o 2013. (DOG n\u00fam. 25, de 5 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente: http:\/\/www.xunta.es\/dog\/Publicados\/2013\/20130205\/AnuncioG0165-010213-0002_es.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo:<\/strong> El plazo para la presentaci\u00f3n de la solicitud unificada de ayudas PAC\/DR 2013 empezar\u00e1 el d\u00eda 1 de febrero y finalizar\u00e1 el d\u00eda 30 de abril de 2013, inclusive. No obstante lo dispuesto en el n\u00famero anterior, se admitir\u00e1n solicitudes de ayuda hasta 25 d\u00edas naturales siguientes a la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo establecido, caso en que, a excepci\u00f3n de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes de ayuda se reducir\u00e1n un 1 por ciento por cada d\u00eda h\u00e1bil en que se supere dicha fecha. Si el retraso es superior a 25 d\u00edas naturales la solicitud se considerar\u00e1 inadmisible<\/p>\r\n

<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Murcia<\/em><\/strong><\/p>\r\n

Orden de 12 de febrero de 2013, de la Consejer\u00eda de Agricultura y Agua, por la que se regula para el a\u00f1o 2013, en el \u00e1mbito de la Regi\u00f3n de Murcia, la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen del pago \u00fanico, los pagos directos a la agricultura y a la ganader\u00eda y el pago de determinadas ayudas de desarrollo rural. (BORM n\u00fam. 38, de 15 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong>\u00a0 http:\/\/www.borm.es\/borm\/vista\/busqueda\/ver_anuncio_html.jsf?fecha=15022013&numero=2236&origen=sum<\/a><\/p>\r\n

Plazo: <\/strong>El plazo para la presentaci\u00f3n de la solicitud \u00fanica ser\u00e1 el establecido en el art\u00edculo 87.2 del Real Decreto 202\/2012, de 23 de enero, comenzando el 1 de febrero y finalizando el 30 de abril, siendo perfectamente admisibles las solicitudes que se hayan presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, siempre y cuando su presentaci\u00f3n haya tenido lugar una vez comenzado el plazo de presentaci\u00f3n.<\/p>\r\n

<\/em><\/strong>\u00a0<\/p>\r\n

Valencia<\/em><\/strong><\/p>\r\n

-Orden 1\/2013, de 14 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras de un r\u00e9gimen de primas para la puesta en valor de la biomasa forestal en terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. (DOCV n\u00fam. 6947, de 21 de enero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/www.docv.gva.es\/datos\/2013\/01\/21\/pdf\/2013_478.pdf<\/a><\/p>\r\n

-Resoluci\u00f3n de 31 de enero de 2013, del Director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garant\u00eda Agraria, mediante la que se establece la convocatoria del procedimiento para la concesi\u00f3n de subvenciones a trav\u00e9s de la solicitud \u00fanica vinculadas al r\u00e9gimen de pago \u00fanico, otras ayudas directas a la agricultura y la ganader\u00eda y ayudas agroambientales para el a\u00f1o 2013. (DOCV n\u00fam. 6959, de 6 de febrero)<\/p>\r\n

Fuente:<\/strong> http:\/\/www.docv.gva.es\/datos\/2013\/02\/06\/pdf\/2013_1219.pdf<\/a><\/p>\r\n

Plazo:<\/strong> La solicitud \u00fanica deber\u00e1 presentarse en el periodo comprendido entre el d\u00eda 1 de febrero y 30 de abril, en cualquiera de los lugares previstos en el art\u00edculo 38.4 de la Ley 30\/1992, de 26 de noviembre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico de las Administraciones P\u00fablicas y del Procedimiento Administrativo Com\u00fan.<\/p>\r\n

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1 marzo 2013

Actualidad Ayudas y subvenciones

Actualidad al día. Ayudas y subvenciones

A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas por varias Comunidades Autónomas durante los meses de enero y febrero de 2013 relacionadas directa o indirectamente con la materia medioambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del Boletín Oficial correspondiente y, al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.

A lo largo de este período, las ayudas se han centrado en las convocatorias de pagos directos a la agricultura y la ganadería para la campaña 2013. Al margen, en Aragón se ha regulado el procedimiento para la presentación telemática de solicitudes de subvenciones en materia de medio ambiente y, en Valencia, un régimen de primas para la puesta en valor de la biomasa forestal en terrenos forestales.

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