<\/a><\/p>\r\n

Tras el grave vertido de petr\u00f3leo causado por el buque cisterna Arag\u00f3n frente a las costas de Madeira en 1990, Portugal promovi\u00f3 el Acuerdo de cooperaci\u00f3n para la protecci\u00f3n de las costas y de las aguas del Atl\u00e1ntico del Nordeste contra la poluci\u00f3n (Acuerdo de Lisboa), que crea un mecanismo para asegurar la cooperaci\u00f3n entre las partes contratantes en caso de accidentes que causen contaminaci\u00f3n y les obliga a establecer y aplicar sus propios planes y estructuras de emergencia.<\/p>\r\n

Este acuerdo se aplica a la regi\u00f3n nororiental del oc\u00e9ano Atl\u00e1ntico, definida por la frontera exterior de la zona econ\u00f3mica exclusiva de cada Estado contratante, y por las fronteras de otros acuerdos regionales, como el Acuerdo sobre la cooperaci\u00f3n en materia de lucha contra la contaminaci\u00f3n del Mar del Norte por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas (Acuerdo de Bonn) y el Convenio para la protecci\u00f3n del mar Mediterr\u00e1neo contra la contaminaci\u00f3n (Convenio de Barcelona).<\/p>\r\n

Pese a que el Acuerdo de Lisboa fue firmado el 17 de octubre de 1990 por Portugal, Espa\u00f1a, Francia, Marruecos y la Comunidad Europea, y posteriormente ratificado por Portugal, Francia y la Comunidad Europea, un conflicto pol\u00edtico por las fronteras del Sahara Occidental impidi\u00f3 que Espa\u00f1a y Marruecos ratificaran el Acuerdo. La base jur\u00eddica que impidi\u00f3 la ratificaci\u00f3n se centraba en el art\u00edculo 3, letra c), en el que se establec\u00eda lo siguiente: \u00abal Sur, por el l\u00edmite sur de las aguas dependientes de la soberan\u00eda o de la jurisdicci\u00f3n del Reino de Marruecos.\u00bb.<\/p>\r\n

Tras llegarse a un acuerdo sobre un Protocolo adicional que modifica dicho art\u00edculo del Acuerdo de Lisboa, el Protocolo fue firmado por Portugal, Espa\u00f1a, Francia y Marruecos el 20 de mayo de 2008 en Lisboa, invit\u00e1ndose a la Comunidad \u00a0a firmar el Protocolo junto con las dem\u00e1s partes contratantes.<\/p>\r\n

La Decisi\u00f3n del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo adicional relativo al Acuerdo de cooperaci\u00f3n para la protecci\u00f3n de las costas y de las aguas del Atl\u00e1ntico del Nordeste contra la poluci\u00f3n se adopt\u00f3 el 12 de diciembre de 2008, y la Presidencia checa y el jefe de la Representaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea en Portugal firmaron, en nombre de la Comunidad Europea, el Protocolo adicional el 25 de marzo de 2009.<\/p>","post_title":"Actualidad. Protocolo adicional relativo al Acuerdo de cooperaci\u00f3n para la protecci\u00f3n de las costas y de las aguas del Atl\u00e1ntico nordeste","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"actualidad-protocolo-adicional-relativo-al-acuerdo-de-cooperacion-para-la-proteccion-de-las-costas-y-de-las-aguas-del-atlantico-nordeste","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2009-10-05 18:21:53","post_modified_gmt":"2009-10-05 16:21:53","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/www.observatoriodellitoral.es\/actualidad_juridica_ambiental\/?p=2151","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

14 septiembre 2009

Actualidad

Actualidad. Protocolo adicional relativo al Acuerdo de cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico nordeste

Fuente: Ecoticias. Última Consulta: 14/09/2009

Se ha publicado la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo adicional relativo al Acuerdo de cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico del Nordeste contra la polución (COM(2009) 436 final).

Tras el grave vertido de petróleo causado por el buque cisterna Aragón frente a las costas de Madeira en 1990, Portugal promovió el Acuerdo de cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico del Nordeste contra la polución (Acuerdo de Lisboa), que crea un mecanismo para asegurar la cooperación entre las partes contratantes en caso de accidentes que causen contaminación y les obliga a establecer y aplicar sus propios planes y estructuras de emergencia.

Este acuerdo se aplica a la región nororiental del océano Atlántico, definida por la frontera exterior de la zona económica exclusiva de cada Estado contratante, y por las fronteras de otros acuerdos regionales, como el Acuerdo sobre la cooperación en materia de lucha contra la contaminación del Mar del Norte por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas (Acuerdo de Bonn) y el Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación (Convenio de Barcelona).

Pese a que el Acuerdo de Lisboa fue firmado el 17 de octubre de 1990 por Portugal, España, Francia, Marruecos y la Comunidad Europea, y posteriormente ratificado por Portugal, Francia y la Comunidad Europea, un conflicto político por las fronteras del Sahara Occidental impidió que España y Marruecos ratificaran el Acuerdo. La base jurídica que impidió la ratificación se centraba en el artículo 3, letra c), en el que se establecía lo siguiente: «al Sur, por el límite sur de las aguas dependientes de la soberanía o de la jurisdicción del Reino de Marruecos.».

Tras llegarse a un acuerdo sobre un Protocolo adicional que modifica dicho artículo del Acuerdo de Lisboa, el Protocolo fue firmado por Portugal, España, Francia y Marruecos el 20 de mayo de 2008 en Lisboa, invitándose a la Comunidad  a firmar el Protocolo junto con las demás partes contratantes.

La Decisión del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo adicional relativo al Acuerdo de cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico del Nordeste contra la polución se adoptó el 12 de diciembre de 2008, y la Presidencia checa y el jefe de la Representación de la Comisión Europea en Portugal firmaron, en nombre de la Comunidad Europea, el Protocolo adicional el 25 de marzo de 2009.