17 enero 2025

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Madrid aprueba la declaración de zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Número 293 de 9 de diciembre de 2024

Palabras clave: Contaminación. Nitratos. Zonas vulnerables. Agricultura.

Resumen:

La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias, impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas que se hallen afectadas por la contaminación por nitratos de esta procedencia, cuyas concentraciones deberán ser vigiladas en una serie de estaciones de muestreo. Esta Directiva establece la obligación de designar como zonas vulnerables todas aquellas superficies del territorio cuya escorrentía contribuya a la referida contaminación, y de examinar y, si procede, modificar o ampliar las zonas vulnerables designadas, como mínimo cada cuatro años (artículo 3.4), a fin de tener en cuenta cambios y factores no previstos en el momento de la designación anterior.

El Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, regula las zonas vulnerables, y establece la competencia de las comunidades autónomas en su designación. Asimismo, conforme a lo establecido en los artículos 3.1 y 4.1 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, las zonas designadas como vulnerables deberán ser examinadas y, en su caso, modificadas o ampliadas, teniendo en cuenta los mapas de aguas afectadas por la contaminación por nitratos que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico hará públicos cada cuatro años. El plazo, para la nueva designación o para la ampliación o revisión de las zonas vulnerables previamente designadas, será como máximo de tres años, contados a partir de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del anuncio de los mapas con la localización de las aguas afectadas, tal como se indica en el artículo 4.1 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero.

Este decreto incluye entre sus objetivos adaptar la normativa autonómica por la que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de Madrid, al vigente Real Decreto 47/2022, de 18 de enero.

La Orden 2331/2009, de 22 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de nitratos de origen agrario en la Comunidad de Madrid, declara y delimita tres zonas vulnerables en los siguientes ámbitos territoriales: Zona 1. Masa de agua subterránea 030.008: “La Alcarria”; Zona 2. Sector Norte de la masa de agua subterránea 030.015: “Talavera”, y Zona 3. Sur de Loranca, localizada sobre la masa de agua 030.011: Madrid: “Guadarrama-Manzanares”.

La Orden 1301/2014, de 23 de julio, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba el mantenimiento de las zonas vulnerables a la contaminación de nitratos de origen agrario en la Comunidad de Madrid designadas por la Orden 2331/2009, de 22 de junio, mantiene las zonas vulnerables anteriormente designadas y procede a la adaptación de su denominación en concordancia con el artículo 6 de la parte normativa del Plan Hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo, aprobado el 11 de abril de 2014, mediante el Real Decreto 270/2014 de dicha fecha.

Finalmente, el 14 de marzo de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emite sentencia, en relación con la demanda C-576/22 contra el Reino de España, por la deficiente implementación de la Directiva de nitratos, en la que dictamina que la Comunidad de Madrid incumple el artículo 3, apartado 4, de la citada directiva, en relación al punto de control TA53306008, correspondiente al embalse de Aulencia, ya que no se designó una zona vulnerable asociada a este punto.

Con el objeto de cumplir la citada sentencia, y dar cumplimiento al artículo 4 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, se precisa actualizar las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de Madrid, a fin de declarar una nueva zona vulnerable, correspondiente al ámbito del embalse de Aulencia. Por otra parte, con la información disponible respecto a los niveles de contaminación por nitratos en las cinco zonas vulnerables ya designadas en la Comunidad de Madrid, procede el mantenimiento de dichas zonas como zonas vulnerables.

Enlace Web: Decreto 106/2024, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de Madrid