A vueltas con la fractura hidráulica
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado
Temas Clave: Fractura hidráulica (fracking); Recurso de inconstitucionalidad; Junta de Cooperación; Comunidades Autónomas de Cantabria y Navarra
Resumen:
Por providencia de 11 de febrero de 2014, el Pleno del Tribunal Constitucional, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra la Ley de Cantabria 1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional. Se ha producido la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso –27 de enero de 2014–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Paralelamente, en el BOE de 27 de enero de 2014 se publicó el Acuerdo de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra en relación con la Ley Foral 30/2013, de 15 de octubre, por la que se prohíbe en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra el uso de la fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional.