Se aprueba la modificación de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 94, 18 de mayo de 2017
Temas Clave: Incendios forestales; Montes
Resumen:
A través de la Ley 4/2017, de 16 de mayo, de Extremadura, se ha modificado la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura.
En concreto, se ha modificado el artículo 38 -dedicado a la “Actuación subsidiaria” concerniente a la gestión preventiva de los terrenos forestales-, añadiendo un párrafo a través del cual, en las zonas de alto riesgo de incendios, podrán declararse de interés general los trabajos incluidos en los Planes de Defensa de incendios forestales, pudiendo determinarse el carácter oneroso o gratuito de la ejecución subsidiaria por parte de la Administración. Rompiendo así el carácter oneroso que, con carácter general, se aplica a las ejecuciones subsidiarias. Todo ello, en seguimiento de la posibilidad reconocida en el artículo 48.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.