25 mayo 2020

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Caracterización y registro de la maquinaria agrícola

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola (BOE núm. 117, de 27 de abril de 2020)

Palabras clave: Agricultura. Maquinaria. Certificación. Purines. Emisiones de GEI.

Resumen:

En una agricultura respetuosa con el medio ambiente es necesario utilizar máquinas que en su diseño y fabricación se hayan tenido en cuenta una serie de requisitos mínimos, sin olvidar su equipamiento con una serie de dispositivos que minimicen el riesgo de accidente para sus usuarios y el resto de población.

Específicamente en cuanto a la obligación de la aplicación localizada de purín en las superficies agrícolas, se ha creído conveniente incluir entre los equipos de inscripción obligatoria, tanto los esparcidores de purines, accesorios de distribución localizada del producto y los posibles elementos y sensores que puedan equiparlos. Este hecho permitirá a las comunidades autónomas diseñar y verificar el mejor uso de esta práctica, que suponga una reducción efectiva de emisiones de gases de efecto invernadero.

Todo ello obliga a actualizar las vigentes disposiciones sobre inscripción de maquinaria agrícola en los registros oficiales.

De conformidad con su artículo 8, “no podrán registrarse aquellos tractores usados procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea cuya fecha de puesta en servicio en el país de origen sea anterior al 30 de junio de 2001 para evitar la incorporación a la agricultura española de maquinaria con altos niveles de emisiones contaminantes, es decir, aquellos que no disponen de fase de emisiones asignada, de acuerdo con la normativa europea en vigor en esa fecha”.

Enlace web: Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola