Creación del Consejo de Desarrollo Sostenible
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden PCI/169/2019, de 22 de febrero, por la que se crea el Consejo de Desarrollo Sostenible (BOE núm. 47, de 23 de febrero)
Temas Clave: Agenda 2030; Participación; Asesoramiento; Desarrollo sostenible
Resumen:
España ha adquirido un compromiso político para el cumplimiento de la Agenda 2030, materializado en la aprobación por el Consejo de Ministros el 22 de junio de 2018 del «Plan para la implementación de la Agenda 2030» en la que se recoge una nueva visión del desarrollo sostenible; y en el informe sobre los mecanismos e instrumentos de coordinación para la implementación de la Agenda 2030 en España, de 15 de febrero de 2019.
En este contexto, se constituye el Consejo de Desarrollo Sostenible como un órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con la finalidad de ser un órgano asesor, de colaboración y cauce de la participación de la sociedad civil para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030.
El Consejo está adscrito a la Oficina del Alto Comisionado para la Agenda 2030.
Tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar a la Alta Comisionada para la Agenda 2030 en la elaboración e implementación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento de la Agenda 2030.
b) Generar documentos y análisis sobre aspectos de la implementación para la consecución de la Agenda 2030.
c) Contribuir a la divulgación y comunicación de la Agenda 2030 al conjunto de la ciudadanía española.
d) Impulsar el diálogo entre todos los agentes sociales, económicos y culturales para contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.