Cataluña aprueba la regulación por la que se establecen las bases para organizar la Asamblea Ciudadana por el Clima. Acuerdo GOV/188/2022, de 27 de septiembre.
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8762 de 29 de septiembre de 2022.
Palabras clave: Cambio climático. Desarrollo sostenible. Emisiones. Participación. Tercer sector. Sociedad civil.
Resumen:
Sin lugar a dudas, una de las amenazas más importantes para la humanidad es el actual estado del cambio climático originado por causas humanas. Esto, es hoy día, una incontestable realidad. La temperatura media global en el período 2011-2020 ya ha superado 1 ºC (+1,09 ºC, con un rango entre 0,95 ºC y 1,20 ºC) por encima de la media de la era preindustrial (1855-1900). El último informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) recientemente publicado por la Organización de Naciones Unidas (ONU) afirma que “si no logramos reducciones drásticas de las emisiones de forma inmediata en todos los sectores, limitar el calentamiento global a 1,5 ºC quedará fuera de nuestro alcance”. En palabras de su presidente: “Nos hallamos en un cruce. Las decisiones que tomemos ahora pueden asegurar un futuro habitable. Tenemos las herramientas y los conocimientos necesarios para limitar el calentamiento.”
Un instrumento de gran interés para canalizar a través de la sociedad la preocupación que genera esta situación son las asambleas ciudadanas. Se trata de un mecanismo de participación ciudadana de naturaleza asimilable a la de los foros y constituyen una fórmula de participación en la línea de la Ley 26/2010, dado que consisten en plantear una serie de cuestiones o retos a un grupo de ciudadanos demográficamente representativos, seleccionados de forma aleatoria con criterios de estratificación social.
Estos grupos de ciudadanos se reúnen a lo largo de un tiempo en diferentes sesiones para analizar y deliberar sobre la problemática específica que se le plantea, con el fin de llegar a recomendaciones bien informadas que puedan ser útiles para la toma de decisiones. Sus rasgos fundamentales son:
- La selección de los ciudadanos se realiza por sorteo con criterios de estratificación social, de acuerdo con unas variables determinadas previamente. De esta forma, se evitan sesgos y se mejora la representatividad de los participantes, a la vez que se da la oportunidad que cualquier persona elegible pueda participar.
- La participación implica un proceso de aprendizaje en torno a la temática de la asamblea, con la colaboración de expertos y otros actores relevantes.
- La deliberación entre los participantes se desarrolla de forma estructurada para llegar a recomendaciones consensuadas.
- Las propuestas o recomendaciones que surgen deben ser tenidas en cuenta por los representantes políticos, que tienen el compromiso de incorporarlas a las políticas públicas siempre que sea posible. En caso contrario, los responsables políticos tienen la obligación de motivar su exclusión.