Se aprueba la Instrucción de Planificación Hidrológica para las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 50, de 13 de marzo de 2015
Temas Clave: Aguas; Planificación
Resumen:
El objeto de esta instrucción de planificación hidrológica es el establecimiento de los criterios técnicos para la homogeneización y sistematización de los trabajos de elaboración de los planes hidrológicos de las demarcaciones intracomunitarias pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 82 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado mediante Real Decreto 907/2007, de 6 de julio y en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía.
Deviene de la Sentencia de 24 de octubre de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideró que el Reino de España había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre; por lo que declaró su transposición incompleta o parcial respecto de ciertas cuencas intracomunitarias.
La instrucción responde al siguiente esquema:
1. Disposiciones generales
2. Descripción general de la demarcación hidrográfica
3. Usos, presiones e incidencias antrópicas significativas
4. Zonas protegidas
5. Estado de las aguas
6. Objetivos medioambientales
7. Recuperación del coste de los servicios del agua
8. Programas de medidas
9. Otros contenidos
Anexo I Líneas de base para la delimitación de aguas costeras
Anexo II Tipos de masas de agua superficial
Anexo III Condiciones de referencia y límites de cambio de clase de estado ecológico ríos
Anexo IV Dotaciones
Anexo V Tablas auxiliares para la descripción general de los usos y presiones
Anexo VI Relación de medidas
Anexo VII Fuentes de información