<\/p>\r\n

Las modificaciones que se introducen en aras a la consecuci\u00f3n de esos objetivos, pueden resumirse en los siguientes puntos:<\/p>\r\n

- Se mejoran las memorias justificativas de los cerramientos cineg\u00e9ticos, sus caracter\u00edsticas y la aplicaci\u00f3n de las cercas interiores.<\/p>\r\n

- Se facilita la expedici\u00f3n de las licencias de caza.<\/p>\r\n

- Se incluyen como nueva modalidad de caza el lanceo de jabal\u00ed a caballo.<\/p>\r\n

- Se facilita la pr\u00e1ctica de la caza de perdiz como reclamo entre cotos colindantes.<\/p>\r\n

- Se detallan las condiciones en las que debe practicarse la modalidad de caza de jabal\u00ed en mano.<\/p>\r\n

- Se aumentan las medidas precautorias de seguridad que necesariamente deban adoptar los participantes en las cacer\u00edas que se organicen en forma de monter\u00edas, ganchos, batidas, ojeos o tiradas colectivas en determinados casos, la se\u00f1alizaci\u00f3n de los puestos, todo ello con el fin de mejorar la seguridad de las personas.<\/p>\r\n

- Aplicar, cuando sea posible, a aquellos cotos de caza menor en los que sus titulares cineg\u00e9ticos est\u00e9n inscritos en el registro de empresas tur\u00edstico cineg\u00e9ticas y organizadores de cacer\u00edas, determinadas condiciones de los cotos intensivos.<\/p>\r\n

- Se incluye la obligatoriedad de que los planes t\u00e9cnicos de caza relativos a cotos intensivos, deban ser suscritos por facultativo competente con independencia de su superficie.<\/p>\r\n

- Se establecen las condiciones en las que sea susceptible de modificarse la superficie de los cotos privados de caza, por ampliaciones o segregaciones, con el fin de garantizar su estabilidad durante la vigencia del plan t\u00e9cnico aprobado.<\/p>\r\n

- Se dota a la Comisi\u00f3n Regional de Homologaci\u00f3n de Trofeos de Caza, de la m\u00e1xima autoridad en lo referido a la valoraci\u00f3n y homologaci\u00f3n de trofeos conseguidos en Castilla-La Mancha.<\/p>\r\n

- Se adec\u00faa la composici\u00f3n de los Consejos Provinciales de Caza y del Consejo Regional.<\/p>\r\n

- Se establecen las obligaciones de los componentes de los servicios de vigilancia privados.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>1 de octubre de 2012\u00a0<\/strong><\/p>\r\n

Normas afectadas: <\/strong>Se modifica el Decreto 141\/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicaci\u00f3n de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.<\/p>\r\n

Se derogan las siguientes normas:<\/p>\r\n

- La Disposici\u00f3n Transitoria Tercera del Decreto 141\/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicaci\u00f3n de la Ley 2\/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.<\/p>\r\n

- La Disposici\u00f3n Transitoria \u00danica del Decreto 257\/2011, de 12 de agosto, por el que se modifica el Decreto 141\/1996, de 9 de diciembre.<\/p>\r\n

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17 octubre 2012

Castilla-La Mancha CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla-La Mancha. Caza

Decreto 131/2012, de 17/08/2012, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 163 de 21 de agosto de 2012)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Caza

Resumen:

El presente Decreto tiene por objeto modificar el Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza de Extremadura, con el objeto de potenciarse la caza no solo como una actividad de ocio, sino también, como el recurso generador de empleo que es, compatible con la conservación de la biodiversidad.

Las modificaciones que se introducen en aras a la consecución de esos objetivos, pueden resumirse en los siguientes puntos:

– Se mejoran las memorias justificativas de los cerramientos cinegéticos, sus características y la aplicación de las cercas interiores.

– Se facilita la expedición de las licencias de caza.

– Se incluyen como nueva modalidad de caza el lanceo de jabalí a caballo.

– Se facilita la práctica de la caza de perdiz como reclamo entre cotos colindantes.

– Se detallan las condiciones en las que debe practicarse la modalidad de caza de jabalí en mano.

– Se aumentan las medidas precautorias de seguridad que necesariamente deban adoptar los participantes en las cacerías que se organicen en forma de monterías, ganchos, batidas, ojeos o tiradas colectivas en determinados casos, la señalización de los puestos, todo ello con el fin de mejorar la seguridad de las personas.

– Aplicar, cuando sea posible, a aquellos cotos de caza menor en los que sus titulares cinegéticos estén inscritos en el registro de empresas turístico cinegéticas y organizadores de cacerías, determinadas condiciones de los cotos intensivos.

– Se incluye la obligatoriedad de que los planes técnicos de caza relativos a cotos intensivos, deban ser suscritos por facultativo competente con independencia de su superficie.

– Se establecen las condiciones en las que sea susceptible de modificarse la superficie de los cotos privados de caza, por ampliaciones o segregaciones, con el fin de garantizar su estabilidad durante la vigencia del plan técnico aprobado.

– Se dota a la Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza, de la máxima autoridad en lo referido a la valoración y homologación de trofeos conseguidos en Castilla-La Mancha.

– Se adecúa la composición de los Consejos Provinciales de Caza y del Consejo Regional.

– Se establecen las obligaciones de los componentes de los servicios de vigilancia privados.

Entrada en vigor: 1 de octubre de 2012 

Normas afectadas: Se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.

Se derogan las siguientes normas:

– La Disposición Transitoria Tercera del Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.

– La Disposición Transitoria Única del Decreto 257/2011, de 12 de agosto, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre.