Autor: José Martínez Sánchez. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Boletín Oficial del Estado de 20 de Abril
Temas clave: Almacenamiento geológico; Cambio Climático
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Aragón en contra de varios artículos de la Ley 40/2010 de almacenamiento geológico de CO2, de 29 de diciembre. Concretamente, ha sido admitido a trámite el recurso a algunos de los apartados de los artículos 1, 9, 11, 13, 15, 19, 23, 26, 27, además del recurso a las disposiciones transitoria primera y final undécima de esta Ley.
La presentación de dicho recurso de inconstitucionalidad fue acordada el pasado 8 de febrero de 2011 por el Consejo de Gobierno aragonés por entender que vulneraba competencias autonómicas en materia de energías y minas y en materia de medio ambiente, si bien el Gobierno aragonés ya había trasladado anteriormente esta cuestión competencial a los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Medio ambiente y Medio rural y marino durante la tramitación del proyecto de ley y en reuniones sectoriales.
La Ley 40/2010 de almacenamiento geológico de CO2 limita las competencias estatales en el otorgamiento de las concesiones de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, mientras que atribuye a las comunidades autónomas el otorgamiento de los permisos de investigación, la función de inspección, la aprobación del plan de seguimiento y el plan provisional de gestión posterior al cierre, así como la responsabilidad del seguimiento y de las medidas correctoras una vez cerrado un lugar de almacenamiento y hasta la transferencia de responsabilidad.
Más información: Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de CO2