17 noviembre 2010

Cantabria Legislación al día

Legislación al día. Cantabria

Decreto 57/2010, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria ante el riesgo de inundaciones, INUNCANT. (DOC núm. 186, de 27 de septiembre)

Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Resumen:

La necesidad de elaborar un Plan Especial para hacer frente al riesgo de inundaciones dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria nace con el objetivo de prevenir y limitar los daños directos (afección a las personas, bienes y medioambientales) e indirectos (repercusiones económicas, interrupciones en vías de comunicación y otras infraestructuras) derivados de aquel riesgo; asegurando una intervención rápida, eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles. Ello teniendo en cuenta que la mayor parte de los ríos de Cantabria recorren el territorio de sur a norte hasta desembocar en el Cantábrico, y es precisamente en las zonas medias y bajas de los valles donde se ubican los principales núcleos de población y actividades económicas diversas, algunas de las cuales pueden considerarse zonas de riesgo de inundación en caso de producirse avenidas importantes.

Para dar cumplimiento a los objetivos que persigue el INUNCANT, integrado dentro del Plan Territorial de Emergencias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se ha estructurado en los siguientes capítulos:

Un primer capítulo sobre los principios generales del Plan en el que se define el marco legal, el objeto y alcance del mismo,  que no es otro que conocer las zonas de inundación en Cantabria, determinar el alcance del riesgo que pueda derivarse de las inundaciones y establecer la organización y los procedimientos de actuación y la utilización de medios y recursos necesarios para hacer frente a las situaciones de emergencia ocasionadas por las inundaciones y otros fenómenos geológicos asociados.

Se incluye además su ámbito de aplicación, su vigencia indefinida, el planeamiento territorial de ámbito municipal, así como los planes de autoprotección y los planes de emergencia de presas. Estos últimos establecerán la organización de los recursos humanos y materiales necesarios así como los sistemas de información, alerta y alarma para el control de los factores de riesgo que puedan comprometer la seguridad de la presa de que se trate y proteger a la población en caso de rotura o avería grave de la. Su elaboración es responsabilidad de sus titulares.

En el segundo capítulo se describe la información territorial en la que se incluyen datos geográficos, factores geológicos y geomorfológicos y la orografía del territorio. Además se

exponen aspectos hidrográficos, con la descripción de vertientes y cuencas, climáticos, hidrológicos, de infraestructura hidráulica y de la cubierta vegetal, así como aspectos relacionados con la demografía y usos del territorio.

En este capítulo se procede a describir, cuantificar y localizar cuantos aspectos relativos al territorio de la Comunidad Autónoma resulten relevantes para fundamentar los análisis de las zonas de inundaciones potenciales y de riesgos por inundaciones. Tal información se clasificará por cuenca, subcuenca o zona hidrológica.

Para conocer adecuadamente la distribución espacial y temporal de las precipitaciones en Cantabria, se analiza la red de control meteorológica utilizada en los estudios hidrológicos de cada Cuenca.

En el tercer capítulo se establecen las zonas inundables y puntos conflictivos que aporten información significativa para la previsión y estrategias de intervención para hacer frente a situaciones de emergencia producidas por las inundaciones.

Se prevé el estudio de la tipología y las características de las inundaciones que puedan afectar al territorio de la Comunidad. En el ámbito hidrográfico se consideran los eventos catastróficos en tres grandes categorías: Inundaciones por precipitación “in situ”, inundaciones por escorrentía, avenida o desbordamiento de cauces, provocada o retenida e inundaciones por rotura u operación incorrecta de infraestructuras hidráulicas. A continuación se describen las inundaciones más frecuentes que se producen en la Comunidad atendiendo al entorno geográfico donde se originan y se incluye un estudio sobre inundaciones históricas y los daños provocados. Se identifican y clasifican las zonas de peligro en todas las cuencas.

El cuarto capítulo se dedica al estudio de los riesgos de inundaciones, mediante la zonificación del territorio. Se describen la metodología del análisis y  las zonas de riesgo de inundación por cuencas.

En el quinto capítulo, se refleja la estructura organizativa del plan, así como las funciones para la dirección y coordinación de las actuaciones que sean necesarias en situaciones de emergencia.

En el sexto capítulo se describe la operatividad y los procedimientos de movilización de medios y recursos de acuerdo con la titularidad jurídica y competencias de las distintas Administraciones Públicas.

En el séptimo capítulo se relacionan los medios y recursos, tanto humanos como materiales, que se pueden utilizar en cualquier momento en situaciones de emergencia provocadas por inundaciones u otros fenómenos geológicos asociados.

Por último, en el octavo capítulo se definen las condiciones de implantación, mantenimiento y revisión del propio Plan. En consecuencia, este capítulo establece los criterios en base a los cuales se proyecta la viabilidad y eficacia del INUNCANT a lo largo del tiempo.

Cierran el Plan ocho Anexos, incluyendo, entre otros, los mapas de zonas de riesgo de inundaciones, que podrán ser consultados en la sede de la Dirección General de Protección Civil.

Entrada en vigor: 28 de septiembre de 2010.