Decreto 15/2022 de 16 de mayo, por el que se establece un Plan de Gestión para la Pesca Profesional Artesanal en las Aguas Interiores de las islas Pitiusas y se modifica el Decreto 38/2018, de 16 de noviembre, por el cual se establece la Reserva Marina de la Punta de Sa Creu y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 65, de 19 de mayo de 2022
Palabras Clave: Pesca. Especies. Artes de pesca. Embarcaciones. Censos. Reservas marinas.
Resumen:
Las islas Pitiusas, Eivissa y Formentera, mantienen un modelo de explotación pesquera marcadamente estacional, con una actividad intensa durante los meses estivales y una actividad reducida el resto del año, que ha permitido mantener los recursos pesqueros de las aguas interiores en un estado excepcionalmente bueno. Este modelo no se ajusta adecuadamente al marco normativo actual, de manera que conviene redactar una norma específica para la pesca en los caladeros compartidos de estas islas, la cual ha de tener en cuenta, por un lado, los resultados del seguimiento científico, y por otro, los aspectos socioeconómicos, y la opinión de las cofradías de pescadores afectadas.
Estas cofradías han sido pioneras en el Mediterráneo español en diferenciar, entre sus capturas, las especies de mayor valor comercial con un sistema de etiquetado con bridas individuales que garantizan su origen y proximidad. Las medidas previstas en este Plan de Gestión permitirán asociar este etiquetado con una garantía de sostenibilidad y respeto por el medio marino.
El objetivo primordial del Plan de gestión es garantizar el mantenimiento de la actividad, del número de embarcaciones, de la producción y de los puestos de trabajo de la flota artesanal, pero compaginándolo con una reducción significativa del esfuerzo pesquero autorizado.
También se incorpora la posibilidad de compaginar, en aguas interiores, el uso de los trasmallos y nasas para la langosta con otros tipos de trasmallos, reduciendo el período de estancia en la mar de las redes, y se autoriza el uso de aparejos tradicionales en las islas Pitiusas (solta de voladores, solta de espetones, moruna de calamares). Además, se incorporan como anexos los listados de los puntos tradicionales de calado del arte de la gerretera y de los artes de parada.
Otra innovación, con voluntad de simplificación administrativa, es el establecimiento de un censo unificado de embarcaciones pesqueras autorizadas para las tres reservas marinas existentes en las islas de Eivissa y Formentera y para aquellas que se puedan establecer en adelante.
Asimismo, se crea la comisión de seguimiento del Plan de Gestión para la Pesca Artesanal en las Aguas Interiores de las islas Pitiusas. Por otro lado, y para garantizar una gestión racional de los recursos pesqueros, se establece un seguimiento administrativo y científico continuado de la pesca artesanal y se especifica con precisión cómo se ha de llevar a cabo.
Entrada en vigor: 20 de mayo de 2022.
Normas afectadas: A propuesta de la Comisión de Seguimiento de las reservas marinas de los Freus de Eivissa y Formentera y de la Punta de sa Creu y del Consell Insular de Formentera, se hacen tres modificaciones puntuales del Decreto 38/2018, de 16 de noviembre, por el cual se establece la Reserva Marina de la Punta de Sa Creu y se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas, para facilitar la gestión de esta reserva.
Finalmente, y a propuesta del Consejo Insular de Eivissa se prevé la utilización de las nasas para pulpo en la Reserva Marina dels Freus d’Eivissa i Formentera y por tanto se modifica el artículo 3 del Decreto 63/1999, de 28 de mayo, por el cual se establece la Reserva Marina dels Freus d’Eivissa i Formentera.