El Decreto 50/2009 regula el control de las emisiones atmosféricas procedentes de actividades potencialmente contaminantes, desarrolladas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Para ello, la norma articula un régimen de autorización o notificación al que se verán sometidas en particular, las actividades recogidas en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, o las potencialmente contaminadoras de la atmósfera de conformidad con lo establecido en la legislación básica estatal.
Además, esta disposición, vigente desde el pasado 2 de junio de 2009, define:
– Los niveles de emisión que deberán respetar las actividades que estén en su ámbito de aplicación.
– La obligación de llevanza de un libro de registro de emisiones que recaerá sobre las empresas titulares de la actividad contaminante.
– Los instrumentos y procedimientos de control de emisiones al que deberán someterse éstas actividades, definiendo mecanismos de autocontrol y control externo de las emisiones.
– Los mecanismos administrativos de inspección, vigilancia y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones que recaen en titulares de las actividades contaminantes según lo dispuesto en el nuevo Decreto.