Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 256, de 23 de octubre de 2024
Palabras clave: Gestión de residuos. Tabaco. Información. Plásticos. Registros administrativos. Políticas de medio ambiente. Prevención. Responsabilidad ampliada del productor.
Resumen:
Los filtros utilizados en los productos del tabaco están formados mayoritariamente por un polímero plástico, el acetato de celulosa, obtenido de la modificación de las fibras de celulosa de origen vegetal, aunque pueden, minoritariamente, además de la envoltura de papel, contener otros componentes como cápsulas con aromas, carbón activado, aditivos absorbentes, sepiolita, etc.
Este real decreto tiene como objeto prevenir y reducir el impacto en el medio ambiente de los residuos procedentes de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco, que contengan plástico y sean de un solo uso, especialmente provocado
Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 256, de 23 de octubre
Palabras clave: Aguas regeneradas. Reutilización. Dominio público hidráulico. Medio ambiente. Economía circular. Autorización. Uso. Gestión del riesgo. Fomento.
Resumen:
En la actualidad, la reutilización de las aguas se concibe como un elemento esencial dentro de la gestión integrada del agua que permite contribuir al cumplimiento tanto de los objetivos de protección del dominio público hidráulico, como de los objetivos medioambientales establecidos en los artículos 92 y 92 bis del texto refundido de la Ley de Aguas; afrontar la escasez de agua y la sequía; promover la economía circular; y apoyar la adaptación al cambio climático. Todo ello sin dejar de lado la necesidad de avanzar técnica y científicamente en la garantía de evitar impactos adversos en el medio ambiente, la salud humana y la sanidad animal; asegurando la ausencia de los perjuicios significativos al medio ambiente definidos en el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 1 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 3ª. Ponente: Pedro Luis Roas Martín)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 12078/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:12078
Palabras clave: Autorización ambiental integrada. Residuos peligrosos. Medidas cautelares. Valorización de residuos. Medio ambiente.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve la impugnación del una auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Huelva, que suspendió la ejecutividad de una resolución que otorgaba autorización ambiental integrada (AAI) para la instalación de una planta de valorización de residuos peligrosos en Minas de Riotinto (Huelva).
En cuanto a las pretensiones de las partes, la Junta de Andalucía, recurrente, argumenta que el auto recurrido incurre en contradicciones al justificar la medida cautelar basada en riesgos serios sin analizar adecuadamente los informes técnicos. Por su parte, Green Soil Solutions, S.L., recurrente, alega que el auto impugnado no se pronuncia sobre la denegación previa de una medida cautelar similar, incurriendo en incongruencia omisiva.
Se oponen a estos argumentos los Ayuntamientos de La Granada de Riotinto y El Campillo, que defienden la medida cautelar por los
Título: “La gestión territorial como respuesta: el necesario avance de las políticas territoriales”
Title: “Territorial Management As A Response: The Necessary Advancement Of Territorial Policies”
Autora: Esther Rando Burgos, Profesora Permanente Laboral (acred. PTU), Universidad de Málaga
Fecha de recepción: 27/08/2024
Fecha de aceptación: 21/10/2024
Fecha de modificación: 22/10/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00387
Documento completo: “La gestión territorial como respuesta: el necesario avance de las políticas territoriales”
Resumen:
A partir de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, comenzó a implementarse en España, en sentido propio, la ordenación del territorio. Sin embargo, trascurridas varias décadas, esta función pública no ha culminado su desarrollo, encontrándose en lo que se ha venido a denominar un cierto “estancamiento”. La situación anterior, hace muy preciso continuar avanzando y apostando decididamente por las políticas territoriales. Ahora bien, en qué situación se encuentra y cómo llevar a cabo dicho necesario avance, son interrogantes esenciales y punto de partida, para poder alcanzar lo que se proclama. Y es en la denominada gestión territorial donde bien parece se encuentra la respuesta. El objeto de este artículo es, precisamente, señalar las principales cuestiones de la gestión territorial, articulando y planteando medios que posibiliten su implementación y con ello el
Murcia aprueba medidas para prevenir los daños causados por la proliferación de conejos mediante la Orden de 9 de octubre de 2024
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, n. 238, de 11 de octubre de 2024
Palabras clave: Daños. Perjuicios. Caza. Prevención. Agricultura. Enfermedades. Infección.
Resumen:
La proliferación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus), con los consiguientes daños y perjuicios que esta especie puede causar a la salud humana, a la agricultura y a infraestructuras de carácter viario, motivaron que en años anteriores, y con fundamento en el artículo 45 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, fueran declarados determinados términos municipales como Comarca de Emergencia Cinegética Temporal, mediante orden de la Consejería competente en materia de caza.
En la actualidad, sigue siendo necesaria la adopción de medidas para la prevención de daños dada la dificultad de controlar estas poblaciones con los métodos habituales, mediante la regulación establecida en las órdenes anuales de vedas, o mediante permisos especiales concedidos como consecuencia de daños.
La Orden extenderá su vigencia hasta el 11 de octubre
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