Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 4 de julio de 2017: la República de Eslovaquia ha incumplido el art. 260.1 TFUE al no haber ejecutado la Sentencia de 25 de abril de 2013 (vertedero que incumple la normativa de residuos) y tiene que pagar suma a tanto alzado de 1.000.000 de euros y multa coercitiva de 5.000 euros diarios por cada día de retraso en la ejecución
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta), Asunto C-626/16, ECLI:EU:C:2018:525
Temas Clave: Residuos; Vertederos; Plan de acondicionamiento; Clausura
Resumen:
El Tribunal de Justicia declaró (STJUE de 25 de abril de 2013, C‑331/11) que Eslovaquia había incumplido la Directiva 1999/31, de vertederos (art. 14, letras a, b y c) por autorizar el funcionamiento de un vertedero (Žilina-Považský Chlmec) sin el “plan de acondicionamiento” previsto en aquéllo y sin decidir sobre su continuidad con arreglo al mismo, pero tres años después las autoridades habían realizado algunas actuaciones para cumplir el Derecho de la Unión pero ni se había aprobado dicho plan ni se había clausurado el vertedero por lo que la Comisión presentó demanda por
Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 120, de 22 de junio de 2018
Temas Clave: Residuos; Economía circular; Cambio climático; Vertedero e incineración; Gobernanza; Competencias, Planificación; Impuestos; Ente Público de Residuos de Navarra; Compra pública verde; Recogida selectiva; Bolsas de plástico; Garantías financieras; Fondo de residuos de Navarra; Registro; Traslado de residuos; suelos contaminados; Restauración de la legalidad ambiental
Resumen:
Esta ley foral tiene por objeto la prevención de la generación de residuos y la mejora en su gestión con el fin de cumplir con la jerarquía de residuos y alcanzar los objetivos de la economía circular y cambio climático en el marco de las competencias de la Comunidad Foral de Navarra
En concreto, tiene como fines:
“a) Garantizar que los residuos se gestionen sin poner en peligro el medio ambiente y la salud humana, mejorando la calidad de vida de la ciudadanía de la Comunidad Foral de Navarra.
b) Incentivar la reducción en la generación de residuos y su aprovechamiento mediante la reutilización y el reciclado.
c) Desincentivar
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 31 de octubre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Daniel Sanz Heredero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 11364/2017 – ECLI:ES:TSJM:2017:11364
Temas Clave: Ayuntamientos; Comunidades Autónomas; Competencias; Residuos; Vertederos
Resumen:
El Ayuntamiento de Loeches, mediante Acuerdo del Pleno de fecha 17 de marzo de 2016, modifica el artículo 93 de su Ordenanza de Medio Ambiente, cuya nueva redacción indica que «queda expresamente prohibida la existencia de cualquier tipo de vertedero, sin excepción, en todo el término municipal de Loeches, para la gestión, tratamiento y eliminación de residuos».
Según consta en la propia sentencia, el contexto de esta decisión municipal radica en que la Comunidad de Madrid lleva años estudiando la instalación de un nuevo “Complejo Ambiental” en Loeches, ante la colmatación del vertedero ubicado en Alcalá de Henares, y que explotaría la Mancomunidad del Este de la Comunidad de Madrid, de la que forma parte el municipio de Loeches, a fin de efectuar el tratamiento y gestión de los residuos de los municipios que integran dicha Mancomunidad. De hecho, se encontraría en la fase
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 5 de junio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Querol Carceller)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AS 2005/2017 – ECLI:ES:TSJAS:2017:2005
Temas Clave: Cambio climático; Reciclaje; Residuos; Residuos orgánicos; Valorización; Vertederos
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por dos asociaciones ecologistas contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de Asturias de 17 de febrero de 2016, a través del cual se aprobaba el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias 2014-2024. Hay que tener en cuenta que esta clase de Planes responden al mandato de la Directiva 2008/98/CE, que establece la obligación de establecer planes de prevención y gestión de residuos, que deben integrar en su proceso de desarrollo o revisión la toma en consideración de los impactos medioambientales asociados a su generación y gestión, y la norma que la transpone al ordenamiento español, la Ley 22/2011 de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, la cual establece que corresponde a las Comunidades Autónomas la elaboración de los programas de prevención de residuos, y de los planes autonómicos de gestión de residuos.
Al respecto
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 de marzo de 2017, que declara el incumplimiento del Reino de España de la Directiva 2008/98, sobre los residuos (arts. 13 y 15.1), por no adoptar medidas frente a 61 vertederos ilegales
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), Asunto C-563/15, ECLI:EU:C:2017:210
Temas Clave: Residuos; vertederos ilegales
Resumen:
La condena trae causa del procedimiento de infracción iniciado por la Comisión hace más de diez años por los vertederos ilegales existentes en nuestro país. El primer dictamen motivado (2008) se refería a unos 250 vertederos ilegales; y, el dictamen complementario (2014) a la falta de sellado y regeneración de 63 de aquéllos. La Comisión presentó demanda ante el Tribunal de Justicia al no haberse realizado dichas operaciones respecto de 61 vertederos en el plazo fijado (noviembre de 2014).
El TJUE declara el incumplimiento, respecto de todos los vertederos ilegales controvertidos, de las obligaciones que imponen a los Estados los arts. 13 (gestión de los residuos sin riesgo) y 15.1 (“Responsabilidad de la gestión de residuos”) de la Directiva marco de residuos, que exige adoptar las
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