Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 866/2011, de 29 de septiembre (Sala de lo Contencioso. Sede Coruña, Sección 2ª. Ponente: D. José María Arroyo Martínez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ GAL 7489/2011
Temas Clave: Aguas Residuales; E.D.A.R
Resumen:
Con la presente Sentencia se resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto por la asociación “Salvemos Pontevedra”, ante la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia en diciembre de 2007 frente a la desestimación por silencio administrativo de que la Administración tomase y llevase a cabo medidas respecto a la Estación Depuradora de Aguas Residuales (en adelante E.D.A.R) de Vigo; asociación que solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto. Ante ello, la Sala procede al examen de los escritos de demanda y conclusiones; examen que le lleva a declarar que la desestimación el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación siguiendo para ello los mismos fundamentos de Derecho que la misma Sala señalase en Sentencia de treinta de septiembre de 2010; en aquella ocasión la
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 15 de septiembre de 2011, asunto C-53/10, que tiene por objeto la resolución de una cuestión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania), en el procedimiento entre el Land de Hessen y Franz Mücksch OHG, relativo a la apertura por parte de éste de un centro comercial de productos de jardinería en las inmediaciones de una fábrica de productos químicos situada en una zona incluida en el ámbito de aplicación de la Directiva Seveso Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra Fuente: http://curia.europa.eu Temas clave: Directiva 96/82/CE “Seveso”; instalaciones en las que intervienen sustancias peligrosas; régimen de distancias; perímetro de protección; distancias a población respecto de la ubicación de instalaciones; ponderación y análisis de riesgos en cuanto a la ubicación Resumen: La petición de decisión prejudicial versa sobre la interpretación del artículo 12.1, de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. El litigio principal entre el Sr. Mücksch y el Land de Hessen deriva de la intención Franz Mücksch de edificar
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Sala de lo Contencioso-administrativo de 12 de marzo de 2010, Sentencia núm. 135/2010.
Autor de la nota: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidad de Navarra.
Palabras clave: Autorización ambiental integrada, instalaciones existentes, aplicabilidad del régimen de distancias previsto en el RAMINP, exigibilidad de EIA, informe de compatibilidad urbanística, Audiencia a los interesados, Valores límite de emisión.
Resumen:
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra desestima el recurso interpuesto por el propio ayuntamiento de Olazagutía contra la autorización ambiental integrada otorgada por la Administración Foral a la cementera ubicada en el citado municipio y titularidad de “Portland-Valderribas, S.A.”
El recurso se fundamenta en un rosario de supuestas infracciones de la normativa ambiental y del procedimiento de autorización ambiental integrada regulado tanto la Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley Foral 4/2005 de intervención para la protección ambiental.
En concreto los recurrentes alegan entre otros motivos del recurso:
La caducidad del procedimiento, al entender
Decreto 19/2010, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado. (Boletín Oficial de Cantabria nº 62, miércoles 31 de marzo de 2010)
Nota de Autor: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Temas clave: Actividades clasificadas. Control ambiental integrado. Técnicas de control ambiental.
Resumen:
El Reglamento, objeto de análisis, tiene por fin regular los procedimientos de control de planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de incidir en la salud y la seguridad de las personas y sobre el medio ambiente integrado, conforme a lo previsto en la legislación básica estatal; así como en lo dispuesto en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado. Luego viene a desarrollar en detalle las técnicas de control ambiental ya previstas en la Ley de 2006, así como el régimen de control y disciplina ambiental. Se constituyen como técnicas de control ambiental, por un lado la autorización ambiental integrada; por otro lado, la evaluación ambiental, tanto de planes y programas como de proyectos consistentes en la realización de obras, instalaciones o actividades;
Título: “Novedades del Derecho Ambiental y su incidencia en Galicia”
Autor: Rubén Rodríguez Escobar. Abogado especialista en Derecho Ambiental
Fecha de recepción: 4 de diciembre de 2009
Fecha de aceptación: 10 de diciembre de 2009
Resumen:
Partiendo del análisis de la normativa estatal y autonómica vigente, este artículo se aproxima a la cuestión relativa a la situación actual del Derecho ambiental en Galicia haciendo hincapié en sus debilidades y fortalezas. En este sentido, el autor llama la atención sobre los problemas que derivan de la ingente proliferación de instrumentos y la dispersión que actualmente dominan el panorama normativo ambiental a nivel autonómico y en especial, sobre el alto riesgo de incumplimiento de la normativa ambiental que provoca esta situación. En atención al problema señalado, culmina esta exposición una propuesta de lege ferenda, útil a su juicio como fórmula para abordarlo.
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