Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 11 de mayo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Jesús Azcona Labiano)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 349/2022 – ECLI:ES:TSJNA:2022:349
Palabras clave: Actividades clasificadas. Autorizaciones y licencias. Declaración de impacto ambiental. Minería. Procedimiento administrativo.
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución 731E/2021, de 16 de julio, del Director General de Medio Ambiente, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por una mercantil contra la Resolución 3E/2021, de 13 de enero, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se emite informe desfavorable con carácter previo a la resolución municipal de actividad clasificada para el Proyecto de explotación de una gravera en Buñuel (Navarra).
Las razones para que la administración foral emitiese este informe desfavorable previo a la resolución municipal de actividad clasificada, eran que a su entender la gravera se situaría en suelos de especial protección, en los cuales quedaría prohibida (conforme a la planificación territorial del ámbito) las actividades extractivas salvo que fuesen necesarias para actuaciones en obras públicas próximas. Además, aducía la administración
Ley 2/2022, de 19 de mayo, de simplificación administrativa en materia de medio ambiente, medio natural, investigación e innovación agrícola y medioambiental
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 125, con fecha de 1 de junio de 2022
Palabras clave: Simplificación administrativa. Regresión normativa. Sostenibilidad. Caza. Pesca. Fondos de Recuperación.
Resumen:
Durante los últimos años, y especialmente los últimos meses, con el argumento de la crisis económica originada por la situación de pandemia, la crisis climática y, por último, la dramática guerra en Ucrania, estamos presenciando una continua regresión de la normativa ambiental sin precedentes.
El Consejo Europeo acordó la adopción de un paquete de medidas de gran alcance, con el objetivo de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea. Estas medidas dieron lugar a los conocidos como Fondos de Recuperación (“Next Generation”).
A su vez, el Estado español aprobó el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Decreto Ley 5/2022, de 17 de mayo, de medidas urgentes para contribuir a paliar los efectos del conflicto bélico de Ucrania en Cataluña y de actualización de determinadas medidas adoptadas durante la pandemia de la COVID-19
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, número 8760 de fecha 18 de mayo de 2022
Palabras clave: Energías renovables. Simplificación administrativa. Crisis económica. Regresión normativa. Regresión normativa.
Resumen:
La simplificación normativa en la tramitación de proyectos y obras se está convirtiendo en una norma cada vez más generalizada, en este caso, el argumento es paliar los efectos económicos generados a raíz de la crisis pandémica y del conflicto bélico que sufre Ucrania. Concretamente, en el marco legal establecido por el artículo 7 del Real Decreto ley 6/2022, de 29 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, ha simplificado los procedimientos de autorización de proyectos de generación, mediante energías renovables, de competencia de la Administración general del Estado.
Por
Se aprueba la Ley de aplicación y desarrollo de la Ley de simplificación administrativa en Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 101, de 27 de mayo de 2022
Palabras clave: Comunidades Autónomas. Procedimiento administrativo.
Resumen:
Se ha aprobado en Aragón la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa. Esta norma tiene por objeto adaptar el régimen de intervención administrativa sustituyendo autorizaciones y licencias previas por declaraciones responsables o comunicaciones, la sustitución del silencio administrativo negativo por el positivo, así como la revisión de sus plazos, reducción de plazos para emisión de informes y dictámenes o la reducción de la documentación a aportar en los expedientes. Algunas de estas modificaciones afectan a procedimientos administrativos relacionados con la materia jurídica ambiental.
Además, se aprovecha para modificar otras normas con afección a esta misma materia. Así, por ejemplo, se cambia el artículo 11 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, a fin de que la declaración de un proyecto de inversión como de interés autonómico conlleve la aplicación de la tramitación de urgencia y
Sentencia de la Audiencia Nacional de 1 de marzo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Nieves Buisan García)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 1349/2022 – ECLI:ES:AN:2022: 1349
Palabras clave: Concesión. Aguas. Restauración. Demolición.
Resumen:
En la presente sentencia, interviene como parte actora la mercantil Green Power España, siendo objeto de impugnación la Resolución del Ministerio para la Transición Ecológica por la que declara extinguido, por transcurso del plazo, el derecho a la concesión de un caudal de agua, con destino a producción de energía eléctrica en varios términos municipales, en concreto la resolución dice: (…) Green Power España SL deberá proceder a la demolición y adecuación paisajística a su costa de todas las infraestructuras actuales del aprovechamiento.
Los argumentos empleados por la actora son los siguientes:
Por un lado, las instalaciones permitirían la continuidad de la explotación, para lo cual emiten dictamen de perito de parte. Cuestionan la norma aplicable al caso que les obliga a asumir la demolición de las instalaciones por ser ratione temporis. También argumenta que la actuación de la demolición generará
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