Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 106, de 20 de agosto de 2016
Temas Clave: Evaluación ambiental; Intervención administrativa; Participación; Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears; Procedimientos de evaluación ambiental; Paisaje; Red Natura 2000
Resumen:
La presente ley consta de seis títulos, incluido el preliminar, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, ocho disposiciones finales y cuatro anexos.
El título preliminar, además de establecer el objeto y el alcance de la ley, también recoge, en las finalidades de la norma, los principios de derecho internacional, europeo y de la legislación básica, Asimismo, se regula el compromiso con la participación, la transparencia y la administración electrónica, y el conflicto entre la publicidad y la confidencialidad de los datos.
Entre las finalidades de la norma, cuyo contenido se desarrolla a lo largo del Título, destacan la de regular un procedimiento de intervención administrativa ambiental que garantice un nivel de protección del medio ambiente elevado; simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de control ambiental; fomentar la participación real
Título: “Argentina: Ley General del Ambiente N° 25.675”
Title: “Argentina: General Environmental Law n. 25.675”
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Sentencia 452/2016 de la Audiencia Nacional, de 30 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Ana María Sangüesa Cabezudo)
Autora: Lucía Arribas Gómez, Estudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 2677/2016 – ECLI: ES: AN: 2016:2677
Temas Clave: Información ambiental; Excepciones; Instituto Español de Oceanografía; Formato; Material en curso de elaboración; Derechos de propiedad industrial e intelectual
Resumen:
La Sala resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la “FUNDACIÓN OCEANA” frente a la Resolución de 28 de mayo de 2014 dictada por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación que desestimaba parcialmente el recurso interpuesto por la actora contra el Instituto Español de Oceanografía relativo a la solicitud de información, al amparo de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Requería diversa información que había sido obtenida por el Instituto Español de Oceanografía directa o indirectamente durante la ejecución de los siguientes proyectos y campañas:
PORTES (2011) CANAL (2009) MEDITS (2007 inicio) MIGJORN (2004-2005) DEMBAGOL (2012-2013) IDEADOS (2009-2011)
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo de los meses de julio y agosto de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico. (BOE núm. 199, de 18 de agosto de 2016)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2016/08/18/pdfs/BOE-A-2016-7942.pdf
Plazo: El que se establezca en la correspondiente convocatoria y, en caso de no establecerlo, en el de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 141/2016, de 21 de julio de 2016 (Ponente: Andrés Ollero Tassara)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 196, de 15 de agosto de 2016
Temas Clave: EMAS; Entidades de acreditación; Verificadores medioambientales; Entidad Nacional de Acreditación
Resumen:
El Gobierno de la Generalitat de Cataluña promueve un conflicto positivo de competencias a través del cual impugna los arts. 9.1 y 2, 11.1 y 2, 12.1 y 4, y 13.2, la disposición transitoria primera y la disposición final tercera del Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) núm. 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
La cuestión se centra en la aplicación en nuestro ordenamiento del sistema EMAS y, en particular, en la designación de las entidades de acreditación de los verificadores medioambientales.
El Gobierno de la Generalitat entiende que se han vulnerado las competencias en materia de medio ambiente reconocidas en
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