Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 22 de febrero de 2011 (Sala de lo Contencioso. Sede: Barcelona. Sección 3ª. Ponente: D. José Manuel de Soler Bigas)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Roj: STSJ CAT 849/2011
Temas Clave: Autorizaciones y Licencias; Licencias Ambientales
Resumen:
El Ayuntamiento de Tarragona había dictó, con fecha de 29 de mayo de 2007, un Decreto por el que se acordó que la empresa Telefónica Móviles España S.A procediese al desmantelamiento, en el plazo de ocho días, de las instalaciones de una estación de base de telefonía móvil al no contar con la preceptiva licencia ambiental para su implantación; advirtiendo, además, que si tal desmantelamiento no se llevase a cabo sería la Guardia Urbana la que procediese al precinto de las citadas instalaciones, hasta su legalización. Ante dicha Resolución la empresa afectada interpuso recurso contencioso-administrativo, que sería resuelto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Tarragona, en sentido parcialmente estimatorio anulando la citada resolución en cuanto a la relativa a la orden de desmantelamiento de las instalaciones, al entender que “no hay cobertura legal