La Comunidad Valenciana aumenta su red de microrreservas de flora
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCV 8617, de 21 de agosto de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Flora amenazada; Microrreserva; Endemismos; Espacios naturales protegidos; Comunidad autónoma; Propiedad privada, Custodia del territorio; Participación
Resumen:
El marco normativo de la Comunidad Valenciana en materia de espacios naturales viene establecido por la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos. Es esta Ley se configuran diferentes categorías de protección. A continuación, se aprobó el Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies silvestres denominada microrreserva vegetal, se definieron las microrreservas vegetales. Posteriormente su denominación pasó a ser «microrreserva de flora» mediante el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación.
Realmente se trataría de una iniciativa dentro de lo que se conoce como la custodia del territorio. En sus comienzos, durante los años 1997, 2007 y 2008 se concedieron subvenciones a los propietarios de terrenos
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo de los meses de julio y agosto de 2019, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Orden TEC/752/2019, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayudas a proyectos singulares en materia de movilidad sostenible (Programa MOVES Proyectos Singulares). (BOE núm. 165, de 11 de julio de 2019)
Plazo: el que se establezca en la convocatoria.
Andalucía
Resolución de 22 de julio de 2019, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para los años 2019 y 2020 los incentivos para la eficiencia energética de la industria en Andalucía acogidos al Real Decreto 263/2019, de 12 de abril. (BOJA núm. 143,
Aguas:
COLOM PIAZUELO, Eloy et al. “Bienes Públicos y patrimonio cultural”. Revista española de derecho administrativo: crónicas de jurisprudencia, n. 197, abril 2019, pp. 299-323
REYES VELÁSQUEZ, Paula. “Amparo judicial de aguas: lineamientos jurisprudenciales en la determinación de obras o hechos recientes”. Revista de Derecho Administrativo Económico, n. 23, julio-diciembre 2016, pp. 129-140. Disponible en Internet: fecha de último acceso 28 de mayo de 2019.
VILLAVICENCIO CALZADILLA, Paola. “A Paradigm Shift in Courts’ View on Nature: The Atrato River and Amazon Basin Cases in Colombia”. Law, Environment and Development Journal (LEAD), n. 15, 2019, pp. 1-11. Disponible en Internet: fecha de último acceso 28 de mayo de 2019.
Alimentación:
COOK, Israel. “How Fast Is Too Fast? OSHA’s Regulation of the Meat Industry’s Line Speed and the Price Paid by Humans and Animals”. Sustainable Development Law & Policy, vol. 18, n. 1, 2018, pp. 39-40. Disponible en Internet: fecha de último acceso 15 de mayo de 2019.
Bienestar animal:
ARRINGTON, Amanda; MARKARIAN, Michael. “Serving Pets in Poverty: A New Frontier for the Animal Welfare Movement”. Sustainable Development Law & Policy, vol. 18, n. 1, 2018, pp. 40-42. Disponible en Internet: fecha de último acceso 15 de mayo de 2019.
CONTRERAS LÓPEZ,
Título: “Comentario al Decreto 144/2018, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación contra el uso ilegal de veneno en el medio natural de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 237, de 4 de octubre)”
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. CIEDA-CIEMAT
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00271
Se aprueba el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden MED/5/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria. (BOC núm. 66, de 3 de abril de 2019)
Temas Clave: Lobo; Planificación; Daños; Responsabilidad; Caza
Resumen:
El lobo es una especie de interés comunitario según se recoge en la Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres, que además incluye las poblaciones de la especie al norte del río Duero en su anexo V, que acoge a las especies cuya explotación puede ser objeto de medidas de gestión. La propia Directiva establece en su artículo 14 la obligación de mantener en un estado de conservación favorable las poblaciones de las especies incluidas en dicho anexo.
En esta región cántabra, la especie se encuentra incluida en el anexo I de la Ley de Cantabria, 12/2006, de 17 de julio, de Caza, considerada como especie cinegética. Es precisamente esta consideración la que ha determinado, hasta su modificación por la Ley
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