13 enero 2015

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Cantabria. Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental

Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de diciembre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Jesús Cudero Blas)

Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)

Fuente: ROJ: STS 4997/2014 – ECLI:ES:TS:2014:4997

Temas Clave: Plan Hidrológico; Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental; caudales ecológicos; concesiones

Resumen:

Esta sentencia resuelve el recurso contencioso interpuesto en nombre y representación de la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA URWATT, contra el Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, siendo parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El objeto del recurso se centra en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de determinados artículos del Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental. Se pide la nulidad de los artículos 12.2, 15.1 y 15.2, 13,14, 15.3 y 15.4, 16, 17, 33, 42, 43.2 de dicho Real Decreto

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9 octubre 2014

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Cantabria. Aguas. Concesiones Administrativas

Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)

Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)

Fuente: ROJ: STS 3230/2014

Temas Clave: Aguas; Caudal Ecológico; Planificación Hidrológica; Dominio Público Hidráulico; Concesiones Administrativas

Resumen:

Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de Productores de Energía Eléctrica, S.A. [entidad que agrupa a numerosos empresarios titulares de aprovechamientos para la explotación de centrales hidroeléctricas de escasa potencia (mini centrales)], contra el Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 8 de junio de 2013.

En este recurso, la entidad recurrente cuestiona la legalidad, únicamente, de los artículos 12.2, 13, 14, 15, 16, 17, Anexo V, artículo 35, 44 y 45.2, por considerar que son nulos de pleno derecho. Para ello, fundamenta la nulidad de los artículos 13, 14, 15.3 y 4 y del Anexo V del Plan impugnado en la existencia de determinados vicios

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15 septiembre 2014

España Legislación al día

Legislación al día. España. Planificación hidrológica

Real Decreto 594/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura. (BOE núm. 169, de 12 de julio de 2014)

Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar. (BOE núm. 169, de 12 de julio de 2014)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Aguas; Planificación hidrológica

Resumen:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, el ámbito territorial de cada plan hidrológico será coincidente con el de la demarcación hidrográfica correspondiente. En este sentido, el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, en su artículo 3.4 ha delimitado la Demarcación Hidrográfica del Segura como el ámbito territorial que comprende el territorio de las cuencas hidrográficas que vierten al mar Mediterráneo entre la desembocadura del río Almanzora y la margen izquierda de la Gola del Segura en su desembocadura, incluidas sus aguas de transición; además la subcuenca hidrográfica de la Rambla de Canales y las cuencas endorreicas de Yecla y Corral

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24 junio 2014

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Galicia. Demarcación Hidrográfica

Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Ramón Trillo Torres)

Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante Doctora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)

Fuente:ROJ: STS 1776/2014

Temas Clave:Muntanyans; zona inundable; Plan Hidrológico de Demarcación Hidrográfica; caudal ecológico; Texto Refundido de la Ley de Aguas

Resumen:

Esta sentencia resuelve el recurso contencioso administrativo mediante el cual se impugna el Real Decreto 1332/2012, de 14 de septiembre por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa. En él se cuestiona la legalidad del mismo y se solicita su anulación completa o, en su defecto, la nulidad de varios preceptos.

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21 mayo 2014

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Demarcación Hidrográfica del Tajo

Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo. (BOE núm. 89, de 12 de abril de 2014)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Aguas; Planificación hidrológica

Resumen:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, el ámbito territorial de cada plan hidrológico será coincidente con el de la demarcación hidrográfica correspondiente. En este sentido, el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, en su artículo 3.4 ha delimitado la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo como el ámbito territorial que comprende el territorio español de la cuenca hidrográfica del río Tajo.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, al ser el Organismo de cuenca de esta Demarcación Hidrográfica, ha elaborado este Plan Hidrológico, lo que supone la derogación del anterior Plan Hidrológico de cuenca del Tajo aprobado por el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio.

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